Mangouras recurre para que le cancelen la fianza de tres millones

Pablo González
Pablo González REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

PACO RODRÍGUEZ

El capitán del «Prestige» se niega a revelar los bienes que la avalan

18 may 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Los abogados de Apostolos Mangouras, condenado por el Tribunal Supremo a dos años de cárcel por el accidente del Prestige -una pena que está ahora suspendida provisionalmente-, han presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña para que se anule un auto en el que se le deniega al capitán la devolución de la fianza de tres millones de euros. Este depósito es el más abultado decretado nunca para un accidente marítimo y una de las fianzas más cuantiosas de la historia judicial española, exceptuando las que tratan de asegurarse la responsabilidad civil. De hecho, sus representantes legales recurrieron en su momento al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que finalmente dio la razón en el 2009 a la Justicia española respecto a la cantidad reclamada para asegurar la presencia del capitán del petrolero en el juicio que se celebró entre el 2012 y el 2013.

Los letrados consideran que la decisión de negarse a dejar sin efecto la fianza va contra los derechos fundamentales de su defendido. Este depósito fue aportado por la aseguradora del buque, el London P&I Club, a través de un aval del Barclays Bank. El hecho es que el magistrado que dirige la ejecución de la sentencia, Juan Luis Pía, no solo se ha negado a devolver este dinero en forma de aval, sino que ha aceptado la petición de varios afectados por el vertido para que se identifiquen los bienes que integran la garantía bancaria, así como sus titulares, quizás ante el temor de que la aseguradora no afronte sus responsabilidades civiles. Acceder a los 1.000 millones de dólares de la póliza es una empresa compleja, pues la aseguradora se ha blindado en la Justicia británica frente a las pretensiones españolas.

Empeora su situación

Esta nueva investigación sobre los bienes que sustentan la fianza, surgida precisamente de un recurso, indigna a la defensa del marino griego, que alega indefensión y aduce que la situación de su cliente «empeora» con estas decisiones.

El tribunal dictaminó que el objeto de la fianza, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es garantizar la presencia del acusado en el juicio -algo que ya ha sucedido- , así como su presentación para el cumplimiento de la condena, que está suspendida provisionalmente durante dos años y nunca se va a ejecutar por la edad del capitán, que tiene 83.

Responsabilidades civiles

La defensa de Mangouras sospecha que el objetivo de estas decisiones es «satisfacer las responsabilidades civiles», y como no pueden recurrir a otra instancia, piden directamente que se anule el auto. Sospechan, por tanto, que detrás de esa decisión de investigar qué bienes garantizan la fianza está la intención, no manifestada explícitamente, de «aprehender dicho patrimonio» si se confirma que pertenece a la aseguradora. «La decisión de mantener la fianza se antoja arbitraria, porque resulta evidente que la fianza cuya cancelación se ha negado establece, literalmente, que se otorga para garantizar la libertad provisional», aseguran en su escrito. Mangouras logró la libertad provisional en febrero del 2003 tras pasar casi tres meses en la cárcel de Teixeiro.

Mientras, la Abogacía del Estado pidió recientemente celeridad al tribunal que ejecuta la sentencia para que esta se pueda esgrimir con garantías en la jurisdicción británica antes de que se materialice el brexit, que complicaría los instrumentos de cooperación judicial vigentes en la Unión Europea.