El fiscal del caso del wasap de Vigo: «No puede equipararse a una charla en el bar»

e. v. pita VIGO / LA VOZ

GALICIA

LESLEY MARTIN | afp

El Ministerio Público insiste en que la madre juzgada por calumniar a la maestra no buscó otras vías de solución

08 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El fiscal de Vigo que pide multa para una madre por calumniar o injuriar a la maestra de su hijo en un grupo de WhatsApp de los padres del colegio insistió ayer, en conversación con La Voz, en la necesidad de hacer un uso responsable de las redes sociales.

«El usuario tiene que entender que hay que conciliar el derecho de libertad de expresión con el derecho al respeto de las personas. Por eso, no se pueden difundir calumnias o injurias», explica David Calzada. El alto funcionario no redactó el escrito de calificación pero le tocó defenderlo en el juicio celebrado en la sala de lo Penal número 3 de Vigo.

Preguntado sobre si se pueden equiparar los comentarios por WhatsApp con las conversaciones en un bar, el fiscal lo negó. «No se pueden equiparar porque para cualquier uso de las nuevas tecnologías de la información hay que ser responsable del mismo y creo que esto es algo de común entendimiento», dice.

En el juicio acusó a la madre de imputar a la profesora un maltrato de obra a un menor sin comprobación previa y darle publicidad, o bien de injuriarla «con expresiones descalificantes de su buen nombre». Reprochó la carencia de arrepentimiento de la madre por tal daño moral.

A mayores, fuentes oficiales de la Fiscalía del área de Vigo se posicionaron ayer en relación con los casos de insultos realizados a través de WhatsApp o redes sociales. En concreto, respecto al juicio de Vigo, recalca que «estamos hablando de una funcionaria pública en el ejercicio de sus funciones a la cual se le atribuyó en un foro determinado la comisión de hechos delictivos, por lo que se presentó escrito de acusación por calumnia y alternativamente por injuria».

Dichas fuentes oficiales consideran que «no hubo retractación por parte de la acusada en ningún momento», por lo que después de fracasar la vía civil, la perjudicada acudió a la vía penal para solicitar la restitución de su dignidad. No le consta que la madre fuese a las vías ordinarias establecidas para solventar el problema, sino que «directamente en dicho foro atribuyó hechos que son delictivos  a una profesora».

Tanto en el área de Vigo como en general, los insultos por WhatsApp son «situaciones relativamente frecuentes que, dependiendo de la gravedad, pueden tener o no carácter penal». Suelen ser habituales en el ámbito familiar y en relaciones conyugales o de pareja. El Ministerio Público resaltó que la naturaleza penal viene determinada en función de su gravedad y son delitos privados en los que no interviene la acusación pública, salvo que se dirijan contra funcionarios, como la maestra de Vigo, o se realicen en el entorno familiar.

Actualmente, la injuria o el insulto leve ya no son delito tras la reforma de la ley orgánica 1/2015, por lo que estos conflictos se resuelven mediante acuerdos privados o, si fracasan, por la vía civil ante un juez. Otra cuestión diferente son las amenazas. Según la Fiscalía, en los últimos tiempos es «muy habitual» que se utilicen las redes sociales, y particularmente el WhatsApp, como medio para cometer este tipo de delitos contra la libertad. Los wasaps enviados para atemorizar o amenazar gravemente «se han convertido en prueba frecuente en los juzgados, especialmente en casos de violencia de género o familia».