El WhatsApp empieza a dictar sentencias

Carlos Punzón
c. punzón VIGO / LA VOZ

GALICIA

CESAR QUIAN

Decenas de juicios se resuelven al año en Galicia según los mensajes aportados como prueba

17 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Madre e hija se intercambiaron decenas de mensajes de WhatsApp retransmitiendo los pasos previos y posteriores al asesinato del amante de ambas. El rastro telefónico dejado en la comunicación de sus intenciones y sus ubicaciones a través de la red de mensajería rápida fue determinante para que las dos y sus cómplices fuesen condenados por el crimen de la coruñesa plaza de la Cubela. Los wasaps las condenaron, y como a ellas cada vez a más acusados y denunciados en Galicia por los mensajes, imágenes y archivos de audio transmitidos por la red de mensajería rápida u otras similares, como Telegram o Messenger.

Funcionarios de Justicia de la comunidad recomiendan no borrar los mensajes que puedan ser presentados como prueba en un litigio, porque dichas comunicaciones tienen una importancia claramente al alza a la hora de inclinar el fallo judicial. «Cada vez serven máis como elemento probatorio, porque cada vez a xente as emprega máis», apunta Xermán Varela, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra y portavoz de Jueces para la Democracia en Galicia. La verificación de que no hay indicio de manipulación de los mensajes es el paso clave para la admisión de los mensajes como prueba. Pero no hay ninguna sentencia del Tribunal Supremo que establezca jurisprudencia de cómo debe de ser la recogida o volcado de los mensajes o cómo debe formarse la cadena de custodia de estos una vez presentada una denuncia o los archivos son adjuntados como prueba, recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez.

En manos de expertos

«La policía y la Guardia Civil tienen medios para extraer los mensajes de un teléfono móvil y probar que la hora y fecha de ellos son correctas y no han sido manipuladas», señala el fiscal especializado en materia informática, que añade que siempre que hay un mensaje recibido hay también un emisor al que se le puede requerir judicialmente su teléfono para comprobar la veracidad de la prueba.

«Podo validar ou non mensaxes de WhatsApp como proba dependendo das circunstancias de cómo se entreguen, se se fan con ou sen teléfono, ou con as mensaxes impresas», explica el juez Varela, que indica que los magistrados toman más precauciones cuanto más se complican los casos a los que hacen frente. «Por iso temos que aplicar unha sa crítica, porque as supostas probas poden non ser veraces de todo», señala aludiendo a borrados parciales o manipulación del teléfono por un tercero.

No hay derecho a la intimidad que ampare al emisor de un mensaje que pueda ser tenido en cuenta como prueba judicial o que constituya en sí mismo un hecho punible. «O emisor cede ese dereito ao receptor cando se establece a comunicación», advierte Xermán Varela para añadir que el destinatario del wasap, correo o grabación puede hacerlos públicos sin que existan restricciones legales que lo impidan.

Eso sí, aunque el peso y la presencia de las pruebas que dejan las redes de mensajería son cada vez mayores, ni el juez ni el fiscal especial consideran que haya que legislar respecto a la utilización de wasaps o mensajes similares. «Os wasaps son as cartas, os correos e os SMS de antes», señala el magistrado, mientras que el representante del Ministerio Fiscal considera que «no puede haber ley que se adapte a todas las novedades informáticas».

Asuntos laborales y familiares

La abogada coruñesa Loli Rodríguez Amoroso aguarda en estos días el fallo de un caso cuya defensa está asentada básicamente en el intercambio de mensajes entre los dos miembros de una expareja. La denuncia de que un padre no se ocupaba de su hija ha sido contrarrestada con numerosos mensajes de WhatsApp en los que los dos progenitores se ponían de acuerdo sobre la hora de recogida de la niña en el colegio, quién la llevaba a actividades extraescolares, consultas sobre los regalos de cumpleaños y otras circunstancias de la vida cotidiana de la pequeña.

«Lo recomendable es llevar el teléfono a un notario y que dé fe de que los mensajes que contiene el móvil son los que se imprimen para llevar al juzgado como prueba», señala la abogada, que añade que esa misma certificación puede realizarla directamente la letrada de la Administración de Justicia.

«En el caso del que esperamos el fallo los wasaps van a ser determinantes», augura Rodríguez Amoroso, que apunta que en los asuntos judiciales de familia y en los laborales cada vez surgen más pruebas basadas en mensajes telefónicos. En ellos se deja constancia sobre todo de la existencia de relaciones laborales de trabajadores con empresas que no les dan de alta y sin embargo reciben órdenes concretas a través del móvil, como también de cesión ilegal de trabajadores entre firmas con constancia escrita también de esa vinculación fraudulenta, o de incumplimientos en la comunicación de despidos que no son notificados en tiempo y forma legales aduciendo no tener forma de contactar con el afectado, y acumular sin embargo este en su móvil infinidad de mensajes de la empresa.

Amoroso y Asociados estima que en el último año ya han utilizado wasaps como pruebas en al menos tres casos de asuntos de familia y en entre 15 y 20 ocasiones en temas laborales. «Nunca tuvimos ningún problema en la presentación de los mensajes y tampoco se falló en contra declarándolos no válidos», indica la titular del despacho, que añade además al WhatsApp como fuente probatoria muy determinante en asuntos de violencia machista y acoso.

Carga de la prueba

El abogado lucense Julio Castro Lamas, que ha intervenido en numerosos casos en los que los mensajes en redes sociales tuvieron también relevancia de primer orden, advierte en todo caso que en una sentencia del 2015 el Tribunal Supremo determinó que si las conversaciones se ponen en duda cuando se aportan archivos impresos, se desplaza la carga de la prueba a quien pretende aprovechar su idoneidad probatoria. Castro señala que, por ese motivo, se considera indispensable realizar una prueba pericial para identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la integridad de sus contenidos, lo que afecta también a los wasaps, informa desde la delegación de La Voz en Lugo Enrique G. Souto.

El mismo letrado lucense señala que, con frecuencia, quien profiere amenazas por este medio no cuida lo que dice porque se produce en el transcurso de una conversación que va derivando y evolucionando de manera rápida.

Los narcos usaban la Blackberry porque encriptaba los SMS, como WhatsApp ahora

La encriptación que WhatsApp decidió aplicar desde el año pasado a los mensajes que envían sus abonados ha dificultado el pinchazo de un teléfono móvil que la Policía Judicial pudiese llevar a cabo. «Hasta hace poco WhatsApp era una de las aplicaciones de mensajería menos seguras porque se podía introducir en ella y manipular la conversación si se disponía de los conocimientos suficientes», recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez. Esa laguna ha sido mejorada al cifrar en origen y destino los wasaps, «pero se puede manipular todo. Hacerlo con determinados correos electrónicos es de lo más sencillo», añade, al tiempo que recuerda que los narcotraficantes preferían hace años como teléfono móvil los de la marca Blackberry, ya que enviaba los SMS encriptados.

La técnica complica por una parte la investigación de las comunicaciones, pero por otra la allana con herramientas como las que hacen copias de seguridad de los móviles o facultan guardados automáticos, como Google+ o Dropbox. La Policía Judicial puede extraerlas también en caso de que se ponga el móvil en sus manos, aunque, eso sí, el titular se quedará sin el aparato una temporada.

Vázquez añade como dificultad añadida en la verificación de wasaps el hecho de que la empresa de mensajería almacena durante un período de tiempo corto los datos que generan sus abonados. «A Facebook se le puede oficiar para que mande determinadas páginas, a Whatsapp no, porque no las guarda». La Ley de Procedimiento Criminal obliga a los operadores de telefonía a guardar datos del tráfico generado, localización de IP y los archivos, pero la empresa de mensajería no se siente vinculada por esa norma y declina en las de telefonía esa responsabilidad. La pugna entre ambos sectores tecnológicos es encarnizada y se dilucida ya en el ámbito comunitario, porque quien almacena debe emplear muchos recursos técnicos y económicos en dicha operación.