Los dueños de treinta mil pisos turísticos pagarán 56 euros para poder regularizarlos

Susana Acosta
Susana Acosta REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Pasos para dar de alta una vivienda de uso turístico
L.P.B.

Los propietarios tendrán que estar 24 horas a disposición de los inquilinos y deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil

28 ene 2017 . Actualizado a las 08:52 h.

El decreto autonómico que regula las viviendas de uso turístico, aprobado anteayer, va dirigido especialmente a los pisos o viviendas habituales que se pueden alquilar en verano, Semana Santa, puentes o cualquier período que se considere. Unos pisos que hasta ahora no estaban regulados, mientras que los apartamentos turísticos - bloques de pisos vacacionales- o las viviendas turísticas, -viviendas rurales que reúnen unos estándares de calidad acreditados por la Xunta- ya estaban sujetos a normativa, aunque también aparecen en este decreto. Los propietarios que oferten un piso o vivienda para alquilar en cortos período de tiempo -no superiores a 30 días- deben realizar una serie de pasos para darse de alta en la Xunta entre Semana Santa y el verano, plazo que da el Gobierno gallego para registrase. También deberán cumplir una serie de condiciones que, según indica la Xunta, son las menos restrictivas de todas las comunidades autónomas que disponen de un decreto de similares características al aprobado ayer. El Clúster Turismo de Galicia considera que en la comunidad hay más de 30.000 viviendas de alquiler vacacional que deberán darse de alta con la entrada en vigor de este decreto. Y fuentes del Ejecutivo gallego hablan de entre 10.000 y 30.000 inmuebles.

Condiciones

Amueblados. Estos inmuebles de uso turístico deberán estar amueblados y dotados de «los aparatos y enseres para su utilización inmediata», según el decreto. Además, todo deberá estar «en perfecto estado de higiene». El propietario podrá realizar un inventario detallado del mobiliario, que será presentado al cliente y que podrá realizarse una comprobación a su salida.

Calefacción. Será obligatorio disponer de calefacción entre octubre y mayo. La Xunta permite prescindir de este servicio si la vivienda se alquila solamente entre junio y septiembre, ambos incluidos.

Teléfono 24 horas y servicio de mantenimiento. Deberá contar con un número de teléfono disponible las 24 horas para la atención del usuario y las incidencias que puedan surgir. Asimismo, también deberá contar con un servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.

Hoja de reclamaciones. Será obligatorio disponer de hoja de reclamaciones que deberá ser entregada cuando se solicite. Asimismo, deberá colgarse un cartel informativo indicando la existencia de las mismas.

Registro de entrada de viajeros. Estas viviendas deberán cumplir con la normativa vigente en materia de libros de registro y partes de entrada de viajeros a la policía. 

Procedimiento

Pagar tasas y darse de alta. Para registrar este tipo de viviendas, lo primero que se debe hacer es presentar una declaración responsable de inicio de actividad en el área provincial de la Agencia Turismo de Galicia. Antes de presentar esta declaración, habrá que pagar las correspondientes tasas que en este caso, son de 56,26 euros. 

Licencia de ocupación. Deberá tener licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad. También vale certificado final de obra o certificado municipal que acredite que la edificación reúne las condiciones técnicas y urbanísticas para su destino a vivienda. Incluso valdría un informe del órgano municipal o autonómico competente en el que se indica que la vivienda no tiene orden de derribo o no se adoptaron medidas de restauración de la legalidad urbanística o ambiental. Es decir, que solo las viviendas declaradas como ilegales no cumplirían este requisito.

Seguro de responsabilidad civil. Este seguro cubrirá al usuario de la vivienda ante posibles daños corporales, materiales o perjuicio económicos que deriven del desarrollo de su actividad. Un seguro que se exige en cualquier actividad turística.

Registro de Empresas. La Xunta inscribirá estos expedientes en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia.

Consenso

Muchos sectores. Turismo explica que el decreto ha sido consensuado con el sector hotelero, con la Fegamp, con la Federación de Asociación de Viviendas Turísticas y con varias asociaciones de consumidores.