El Supremo deja a un niño en acogida pese a la reclamación de sus padres

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

El retorno con la familia biológica en Menorca tendría «gravísimas consecuencias»

15 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Pese a que todo el proceso administrativo estuvo plagado de deficiencias e, incluso, se pudieron haber vulnerado los derechos de los padres biológicos, el Tribunal Supremo ha confirmado que un niño menorquín permanezca con su familia de acogida en Pontevedra. De este modo, el tribunal ratifica decisiones anteriores de un juzgado de Mahón y de la Audiencia de Menorca, que fallaron en el mismo sentido y se posiciona con la Fiscalía. De hecho, se alude a que el ministerio público, «si bien reconoció la falta de adecuación de las medidas adoptadas en cuanto a los trámites seguidos», mantuvo que debía primar el interés del menor.

A mediados del 2013, el Consell Insular de Menorca adoptó una serie de medidas -se limitaron las visitas del padre a una hora cada dos meses, se redujeron las llamadas telefónicas de la madre a una mensual de una hora de duración y, finalmente, se autorizó un acogimiento del menor en la modalidad de preadoptivo en Pontevedra- que determinaron que los progenitores acudieran a la Justicia. Alegaban que tales medidas se llevaron a cabo «de forma precipitada, sin informes técnicos», así como sin trabajar con ambos para restablecer la relación con su hijo y «sin comprobar la existencia de una familia extensa con la que pudiese estar el menor».

El titular del juzgado de Mahón concluyó que «los técnicos del Consell no siguieron en sus actuaciones las pautas que hubieran tenido que ser necesarias para conseguir la reinserción del niño con su familia biológica». Sin embargo, desestimó las pretensiones de los padres atendiendo a un informe de la psicóloga de este juzgado, documento en el que expone que este «ha realizado un buen proceso de adaptación a su nueva familia acogedora y, lo que es más importante, serían gravísimas las consecuencias que podría tener el retorno del menor a Menorca».

La forense, que no escatimó críticas a la actuación del gobierno menorquín y que llegó a desplazarse a Pontevedra para explorar al pequeño, señala: «Pese al injusto proceso de pérdida familiar al que se ha sometido al niño, en estos momentos un nuevo proceso de cambio y desarraigo sería muy perjudicial para su estabilidad». Añade: «Se encuentra feliz con la familia de acogida, le agrada el colegio al que asiste, sus amigos y las actividades que realiza y lo mismo sucede con los cuidados y atenciones que le dispensan los acogedores, con los que puede permitirse determinados beneficios materiales». Por el contrario, pudo percibir que mostraba inquietud «si es que tuviese que abandonar a su familia actual».

Estos términos fueron reproducidos por la Audiencia de Menorca, cuyos magistrados inciden en que la forense «no encuentra garantías de que la vuelta con su familia natural pudiese garantizar plenamente sus derechos». En este punto, se alude a que «parece ser» que el niño «fue agredido sexualmente por su primo en dos ocasiones, conformando sendos episodios que han dejado serias secuelas en el menor». Si los magistrados no reprochan nada a la madre por estos hechos, sí que entienden que son significativos de que el entorno familiar de esta «no ofrece al pequeño la necesaria seguridad y estabilidad que le son necesarias».

El pequeño quiere estar con su familia pontevedresa

El pequeño no solo está, a juicio de los distintos tribunales, plenamente integrado con su nueva familia, sino que además es «con la que quiere permanecer e, incluso, conseguir disponer de sus propios apellidos». De igual modo, está integrado en Pontevedra y en su entorno escolar, tal y como recoge la sentencia del Supremo haciéndose eco de los dictámenes previos de un juzgado de Mahón y la Audiencia de Menorca.