Justicia admite discrepancias de datos sobre las causas penales pendientes

José Manuel Pan
josé manuel pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

MARISCAL | EFE

El ministro encarga a los letrados judiciales informes casi diarios hasta el 6 de junio sobre las instrucciones

24 may 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Ni 600.000 ni 346.000. El propio ministro de Justicia, Rafael Catalá, reconoce que hay dos «canales distintos» para obtener la información sobre las causas penales que se encuentran en fase de instrucción y que tendrán que ser cerradas el próximo 6 de junio para cumplir con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que entró en vigor el 6 de diciembre y que obliga a que todas las instrucciones penales se cierren en seis meses, salvo las que hayan sido declaradas complejas, que tendrán un plazo de 18 meses.

Esos dos «canales distintos» son el cuerpo de letrados de la Administración de Justicia (antes llamados secretarios judiciales), que son quienes ofrecieron al ministro los datos de que había 346.000 causas en España en fase de instrucción el pasado diciembre, y los fiscales, que aseguran que son cerca de 600.000 las causas que estaban pendientes cuando entró en vigor la ley y que por tanto tendrán que revisar antes del 6 de junio para decidir si piden la complejidad o dejan que la instrucción se cierre con lo obtenido en seis meses de investigación.

La discrepancia existe porque no hay un sistema de gestión común para todos los operadores jurídicos. Por ejemplo, los fiscales no pueden acceder a los datos que manejan los jueces. Tienen sistemas de información y aplicaciones informáticas distintos. Lo admitió ayer el ministro tras reunirse con los letrados de la Administración de Justicia en Madrid. «Tenemos un problema, que no hay un sistema común de gestión de la información y por tanto cada uno utilizamos canales distintos. Hay aplicaciones y sistemas de gestión procesal diferenciados en la Administración de Justicia, en las fiscalías... Y podemos tener incluso datos con una discrepancia, como se puso de manifiesto», dijo el ministro tras la reunión.

Los fiscales sostienen que no van a poder revisar todos los asuntos en el plazo fijado del 6 de junio y que habrá causas que se van a cerrar incompletas, sin solicitar alguna diligencia clave, porque al cumplirse los seis meses se pone fin obligatoriamente a la fase de instrucción, a la investigación, y ya no se podrán pedir más diligencias. El propio Consejo Fiscal, presidido por la fiscala general del Estado, Consuelo Madrigal, emitió la semana pasada un duro comunicado en el que decían que cumplir los plazos que establece el artículo 324 de la Lecrim «resultan de difícil o imposible cumplimiento».

Ayer, el ministro recordó que «por la Fiscalía se ha hablado de más de 600.000 causas», pero sostuvo que la información de los asuntos judiciales incoados solo puede provenir del Consejo General del Poder Judicial. Y lanzó un dardo a los fiscales: «He leído cosas que me han sorprendido porque no estaban basadas en datos. Cuando alguien declara de difícil o imposible cumplimiento algún proyecto será porque tiene los datos y sabe cómo van las cosas». En cualquier caso, el ministro lamentó esa diferencia de cifras. «El hecho de que no coincidan a mí me preocupa, y pone de manifiesto la necesidad de contar con sistemas de información comunes para todos y para todas las comunidades autónomas, y que no tengamos estas divergencias que a veces tenemos».

El ministro quiere tener información y ayer encargó al cuerpo de letrados de Justicia actualizaciones de datos «cada dos o tres días» para hacer un seguimiento detallado hasta el 6 de junio. A la Fiscalía le pidió que constate sus cifras y que cuando los tengan «cruzaremos los datos».

El portavoz de los letrados, Fernando Cremades, mostró su «preocupación y sorpresa por las manifestaciones que han hecho algunas asociaciones de fiscales». Y explicó que «el cuerpo de letrados no puede suplantar la carga procesal» del control de plazos, que corresponde al fiscal y al resto de las partes. «Sí tenemos la obligación de hacer un cómputo de plazos para el proceso a efectos de dar cuenta al tribunal y cuando el plazo ha transcurrido pero la llevanza de este plazo corresponde a fiscal, acusaciones y defensas».