Los profesores no podrán pedir datos familiares al alumno ni exponer notas

Elisa Álvarez González
Elisa Álvarez SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

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Las dudas sobre la protección de datos llevan a Educación a elaborar un protocolo

31 mar 2016 . Actualizado a las 14:07 h.

¿Puede un profesor preguntar al alumno en qué trabaja su padre? ¿Y un joven mayor de 14 años, puede decidir por sí mismo si presta su imagen para subir a una web? Esta y otras preguntas se plantean todos los días en los centros educativos. Para aclararlas, la Consellería de Educación ha elaborado un protocolo de protección de datos en el que se recoge toda la normativa referida a información personal, cesión de datos o tratamiento de imágenes de los estudiantes.

El documento recoge como datos especialmente protegidos la ideología, afiliación sindical, religión, origen racial, salud o vida sexual. Y otros que se manejan en el entorno educativo pero que exigen un cuidado especial: alergias, problemas de salud o la existencia de algún grado de minusvalía. Los profesores no podrán, por ejemplo, pedir ningún dato a los menores que permita obtener información de sus familiares -sí el nombre y la dirección-, «nin preguntándolle verbalmente ou por escrito, senón que deben ser facilitados polos seus titores». El texto insiste en que está expresamente prohibido preguntar al alumno sobre la situación laboral de los padres.

En los centros educativos ven bien este protocolo. «Os equipos directivos non nos sentíamos indefensos, pero si inestables, porque aínda que actuaras con sentido común moitas veces non sabías se o facías do xeito correcto legalmente», explica el director del IES Pontepedriña, Javier Dapena. El responsable del instituto pone algunos ejemplos. Cuando un alumno mayor de edad pedía que no se informase a los padres de las calificaciones pese a depender de ellos económicamente, no se facilitaban esos datos «e resulta que hai que informar aos pais». Otro tema a debate es el de la exposición de las calificaciones. Algunos centros las colocaban en septiembre o en las pruebas finales de junio, «e podía haber queixas de pais. Coas novas tecnoloxías pode pasar ademais que veña un pai, saque unha foto e faga comparacións», explica Adelino Pose, presidente de la asociación de directores de instituto. Incluso, apunta, hay determinadas enfermedades de menores que debe conocer el orientador y que en caso de necesidad comunica a los profesores, pero siempre preservando este profesional la información por escrito.

Tampoco cederse a las AMPA

Si las AMPA quieren organizar actividades, el colegio no puede cederle los datos personales de los alumnos. Sí puede hacerlo si el centro organiza actividades extraescolares y las gestiona la asociación, ya que será como contratar el servicio a una empresa.

Los alumnos que hayan cumplido los 14 años pueden autorizar el uso de sus imágenes

El uso de las imágenes de los menores merece un destacado aparte en este protocolo. Siempre deben contar con el consentimiento expreso del alumno, y si es menor de 14 años, de sus padres o tutores legales. Sobre la edad hubo debate, al considerar algunos sectores que se necesita el consentimiento de los progenitores aún en mayores de 14 años. Pero la Xunta recoge que la Agencia Española de Protección de Datos se pronunció en un informe jurídico, «admitindo a validez do consentimento dos maiores de 14 anos».

No obstante, Educación pide que como recomendación genérica se evite que las caras se distingan claramente. Además recuerda que el consentimiento que se pide a los alumnos o a sus padres no puede ser genérico, por lo que si autorizaron el uso de imágenes para un blog del aula, debe pedirse nuevamente si se trata de un reportaje de televisión, por ejemplo. Ahí la Xunta hace especial hincapié. Y es que aunque haya un consentimiento expreso, el uso de la imagen no puede implicar menoscabo del honor o reputación del menor.

El PP defiende las medidas

El Parlamento debatió ayer precisamente el uso de imágenes de menores en actos de la Xunta. El popular Hipólito Fariñas aseguró que todas las fotografías «contan coa autorización da comunidade educativa e respectan a normativa». Fariñas aseguró que ahora los centros deben hacer aportaciones a este protocolo, que asegura fue una iniciativa del PP en la Cámara gallega.

El que no tiene la custodia debe solicitar por escrito la información

En el caso de padres que no tengan un vínculo matrimonial o análogo, y en los que aunque los dos tengan la patria potestad, solo uno ejerza la guardia y custodia, la Xunta recuerda que el progenitor que no la tiene debe solicitar la información de su hijo por escrito «cunha copia fidedigna da resolución xudicial na que se recolla que ostenta a patria potestade». En ese caso el centro le informará de todos los aspectos relacionados con las calificaciones, informes psicopedagógicos, ausencias o urgencias médicas que requieran atención sanitaria. Desde los centros aseguran que hay casos en los que los padres deben acudir por separado para hablar con el tutor para evitar situaciones complicadas, e incluso si no está claro qué datos pueden facilitarse «poden utilizar a información que lles das nos tribunais nun proceso de separación», dicen.