Baltar rebaja a «conjeturas» la base para que se le investigue por cohecho

La Voz OURENSE / LA VOZ

GALICIA

Santi M. Amil

El presidente de la Diputación de Ourense solicita el archivo del caso al entender que la instructora ha rebasado competencias

09 feb 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El presidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar, quiere las grabaciones que han servido para que un juzgado lo tenga como investigado por presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias. Lo ha pedido formalmente al Juzgado de Instrucción número 3 de Ourense al mismo tiempo que solicita el archivo de las actuaciones, al estimar que el proceder de la magistrada ha dado lugar a una nulidad de actuaciones, en la medida en que ignora el delito por el que se plantea la denuncia y continúa la causa por otros delitos diferentes. Entiende que existe indefensión en tanto la jueza «investiga, acusa y decide», un proceder que ve irregular por cuanto, en su opinión, la instructora se aleja del ordenamiento constitucional y del sistema, que impide la acusación por el juez.

La defensa de Baltar alude como base del auto judicial a «composiciones y conjeturas» con citas extraídas de unas grabaciones que dice desconocer.

Cree la defensa que el auto, en el que la jueza apunta indicios de cohecho y tráfico de influencias, no se corresponde con la denuncia -por acoso sexual- sino que se trata de «conclusiones, deducciones y calificaciones extraídas motu propio por el instructor, lo que quiebra el principio de imparcialidad e independencia».

En el escrito remitido al juzgado para solicitar la personación en la causa, como también el archivo, hace la defensa de José Manuel Baltar referencia a «la extirpación del procedimiento inquisitorial» para intentar reconducir el caso hacia el acoso sexual y cegar el camino abierto por la instructora. Aparte de solicitar el sobreseimiento, creen que la jueza debería abstenerse de seguir con la causa, al estimar que se ha producido una infracción del principio acusatorio y quebrantamiento de la imparcialidad del juez.

Refrenda Baltar Blanco su indefensión en un segundo hecho: la citación de la denunciante en calidad de investigada por el delito de cohecho, con lo que esa práctica le permite evitar la obligación de decir la verdad.

En cuanto a la vinculación de la oferta laboral con una solicitud de sexo por parte del líder provincial del PP, la defensa del político llama la atención sobre el hecho de que tales relaciones aparecen situadas entre el 2010 y el 2012, de lo cual se desprende que se daría una supuesta prescripción. Alude, en este punto, a la «extemporánea animosidad y voluntad» de la denunciante a la hora de presentar sus «elucubraciones», que ve como una amenaza o como coacciones.

Con la presentación del escrito de José Manuel Baltar queda cerrado el plazo para formalizar escritos de reforma contra el auto de 23 de enero del Juzgado de Instrucción número 3 de Ourense, que incorpora la citación del presidente provincial del PP y de la mujer que lo denunció, Teresa F. C., para que acuda como investigado por los delitos de cohecho y tráfico de influencias.

Frente a la posición de la jueza, el fiscal mantiene que no existe delito y ha pedido el archivo del caso. La denunciante, por su parte, insiste en que el caso se siga por el delito de acoso, al situar las relaciones sexuales -que en una ocasión asegura ella haber mantenido en un hotel de Ourense- en un contexto en el que colaboraba con el PP y Baltar Blanco era en la práctica el jefe de aquella oficina.