Condenan a un ciego a 7 meses de prisión por conducción temeraria y huir de la policía

Alberto Mahía A CORUÑA / LA VOZ

GALICIA

Agentes de Cambre sostienen que el hombre, vendedor de la ONCE en A Coruña, viaja en moto habitualmente

09 ene 2016 . Actualizado a las 11:30 h.

En la coruñesa plaza de Cuatro Caminos, quien más y quien menos le ha comprado un cupón a José L.E. Todos los días recorre sus calles repartiendo suerte y desde hace tres semanas se le ve abatido porque la Justicia lo acaba de condenar a 7 meses de prisión como autor de un delito de conducción temeraria, cuando los informes médicos le reconocen «una ceguera irreversible en ambos ojos desde 1995». ¿Cómo es esto posible? Lo es porque la jueza en primera instancia y más tarde la Audiencia Provincial le dieron más valor al testimonio de los policías que dicen haberlo visto conducir una moto que a los facultativos que sostienen que padece una ceguera total.

Según la sentencia que lo condenó no solo a prisión, sino también a no poder conducir en dos años y medio, el hombre fue visto el 3 de noviembre del 2009 circulando en una motocicleta. Sobre las 12.30 horas de aquel día, añade el fallo, agentes municipales de Cambre se encontraron de frente con la escena. Ya lo habían visto varias veces sobre la moto y esperaron a que llegase a su altura para darle el alto. Cuando pasó junto a ellos, le pidieron que parara encendiendo las luces del coche patrulla. Lejos de echarse al arcén, el conductor aceleró la marcha, lo que obligó a los policías a emprender una persecución con la sirena y con los sistemas luminosos activados. «Pese a ello, continuó la marcha, circulando a gran velocidad durante al menos 500 metros». Luego dio un brusco giro en una calle, «adentrándose en una zona de curvas y de escasa visibilidad». Su temeraria conducción obligó a dos turismos a echarse al arcén y frenar». Seguidamente, según añade la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña, «el acusado llegó a un cruce sin apenas visibilidad y lo cruzó a alta velocidad sin detenerse, obligando a un vehículo a realizar una maniobra evasiva e introducir las ruedas en la cuneta». Dado que el motorista no se detenía, la policía optó por seguirlo a distancia y sin luces ni sirena para evitar un accidente, perdiéndolo de vista.

El juicio se presentaba interesante, pues acusaban a un ciego de un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción temeraria. El acusado aseguró que no era él quien conducía, que eso era imposible, que llevaba sin conducir desde los ochenta. El forense que lo examinó en el 2012 a petición de la defensa declaró que el hombre «presenta una afectación ocular que le impide ver, salvo distinguir entre la claridad y la oscuridad». Pero los agentes estaban seguros de que era él, lo que convenció a la jueza de que debería ser condenado. Cuando su abogado, Hervella Nieto, recurrió a la Audiencia, esta ratificó la condena y expuso que aquella temeraria conducción se debía precisamente a su falta de visión.

«Lo habíamos visto conducir en otras ocasiones y ese día le dimos el alto»

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 en marzo del año pasado explicaba así las razones que la llevaron a condenar a José: «Si bien el conductor y acusado niega los hechos, manifestando que está ciego, lo que le imposibilita para conducir, las declaraciones testificales coherentes de los agentes actuantes desvirtúan la presunción de inocencia que amparaba al acusado».

Los agentes municipales explicaron en el juicio que ya habían visto conducir con anterioridad al acusado. Y que estaban seguros de que era él aquel día porque llevaba un casco abierto que le dejaba el rostro al descubierto. «Lo habíamos visto conducir en otras ocasiones y ese día le dimos el alto», testificaron los agentes, que añadieron que la moto era de la mujer del acusado.