Los pacientes podrán elegir centro para operarse o tratar un problema nuevo a partir del 20 de octubre

E. Á.

GALICIA

xoan a. soler

En estos momentos ya puede realizarse un cambio de médico de familia, pero la asignación de centro de salud y hospital se hace siempre en base al lugar de residencia del paciente

21 abr 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El decreto por el que se regula la libre elección de médico de familia, pediatra y personal de enfermería en los centros de salud, así como de centro hospitalario, entra en vigor hoy mismo. Eso sí, lo hace solo en lo que se refiere al personal de medicina de familia y pediatría de atención primaria. En cuatro meses, es decir, el 20 de agosto, los usuarios podrán también elegir al personal de enfermería que, eso sí, no podrá estar en un centro de salud diferente. La medida que entrará en vigor más tarde es la libre elección de hospital para un proceso nuevo o cuando el paciente tenga que someterse a una intervención. En este caso lo hará en seis meses a partir de la publicación en el Diario Oficial de Galicia -se publicó ayer-, es decir, a partir del 20 de octubre. La respuesta a esta petición del paciente se hará en un plazo máximo de 30 días naturales.

En estos momentos ya puede realizarse un cambio de médico de familia, pero la asignación de centro de salud y hospital se hace siempre en base al lugar de residencia del paciente. Con este decreto una persona puede tener su centro de salud en una localidad -en la que trabaja, por ejemplo-, y el pediatra de sus hijos en otra.

Desde el Sergas estiman que uno de los cambios que más se solicitará es el de hospital para una intervención quirúrgica, y lo achacan a una simple cuestión organizativa, por ejemplo, para que una persona mayor que reside en una localidad pueda operarse en el hospital más próximo a la localidad en la que viven sus hijos y facilitar así el cuidado. El decreto desarrolla una de las medidas de la Lei de garantías de prestacións sanitarias, que también regula la segunda opinión médica.