Las multas acechan a los arrendadores que no llevan a la Xunta las fianzas del alquiler

Carlos Punzón
carlos punzón VIGO / LA VOZ

GALICIA

Santi M. Amil

Se dispara el número de peticiones de información al conocerse el importe de las sanciones acumuladas

06 abr 2015 . Actualizado a las 10:39 h.

Históricamente las Cámaras de la Propiedad Inmobiliaria ejercían la labor de depositarias de las fianzas que los arrendados entregaban a los propietarios de viviendas y locales como señal para cubrir cualquier desperfecto que pudieran causar en la propiedad. El traspaso a la Xunta en el 2011 de la normativa sobre control de edificaciones y viviendas y con ella la de las fianzas de los alquileres, convirtió a la Administración gallega en depositaria de dicha señal, pese a que la mayoría de los arrendatarios y de los arrendados admiten desconocer la obligación de entregar en el Instituto Galego da Vivenda e Solo los importes cuya cuantía establece la misma ley.

La publicación en La Voz hace unos días del importe que la Xunta ha recaudado en sanciones a los dueños de viviendas alquiladas que no depositaron la fianza en el IGVS [143.000 euros] han disparado en los últimos días el número de consultas y solicitudes de información de propietarios e inquilinos que desconocían dicha obligación. «Ha habido un aumento considerable y llamativo de visitas en las oficinas del IGVS y de solicitudes de información», reconoce la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. El PSOE ha llevado también el tema al Parlamento para que se aclare qué hace la Xunta con ese dinero que custodia [40,9 millones desde el 2011], qué intereses ha generado, si tiene previsto mejorar la divulgación de dicha obligación, y hasta por qué no funciona correctamente la tramitación de ese requisito en la web del IGVS, según constata el parlamentario del PSdeG José Luis Méndez Romeu. «No es manera de tratar a los ciudadanos», dice el socialista, para quien la Xunta sanciona pero no informa de la obligación de depositar las fianzas y otras preguntas que surgen al hilo de dicha norma.

¿Quién tiene la obligación de depositar la fianza?

Todos los dueños de viviendas y locales que sean alquilados están obligados a depositar el importe de la fianza en el Instituto Galego da Vivenda e Solo. Si no lo hace el propietario lo puede hacer el inquilino por iniciativa propia, entregándole después el justificante del depósito al arrendador.

¿Cuál es el importe de la fianza?

Si el plazo estipulado del alquiler es de un año o más la fianza a depositar es equivalente a una mensualidad. Si el período de alquiler es menor a un año, entonces la señal deberá equivaler a la parte proporcional de dos mensualidades. Dicha norma rige también para los alquileres de veraneo, como dos mensualidades enteras deberán depositarse en el caso de inmuebles destinados a industrias, negocios o locales con vivienda incluida. El importe de las fianzas depositadas hay que actualizarlas con nuevas entregas si aumenta el precio del alquiler.

¿Qué intereses se reciben por las fianzas depositadas?

Ninguno. La Xunta no abonará ninguna cantidad distinta y a mayores de la de la fianza entregada temporalmente, independientemente del tiempo que el dinero haya estado en manos de la Administración.

¿Qué puede ocurrir si no se deposita la señal?

La ley que la Xunta activó en el 2012 establece que si es detectado un caso en el que no se haya realizado el depósito, el dueño de la vivienda o local será sancionado con entre 300 y 3.000 euros, lo correspondiente a una infracción administrativa leve. La multa en todo caso no podrá ser inferior al doble de la fianza que se debe depositar. Sirva como prueba un expediente sancionador que este mes notificaba una multa de 800 euros por no haber depositado la fianza de un alquiler efectuado en Vigo cuyo precio de arrendamiento mensual ascendía a 400 euros.

¿De cuánto tiempo se dispone para hacer el depósito en la Xunta?

El plazo máximo es de un mes desde que se cierra el acuerdo de alquiler. El ingreso fuera del plazo estipulado dará lugar al incremento de la fianza en el importe correspondiente al interés legal vigente en la fecha en la que se lleve a cabo el depósito finalmente. Si se hace de forma voluntaria sin requerimiento de la Administración, no se impondrá sanción alguna, pero se exigirán igualmente los intereses de demora.

¿Cómo averigua la Xunta que no se ha depositado?

La mayoría de los casos detectados se originan al cruzar los datos de los propietarios con los de los inquilinos que declaran el arrendamiento en la renta para tener derecho a desgravaciones en el tramo autonómico. Los inquilinos deben recibir de su arrendatario un justificante de que su depósito está en la Xunta.

¿Quién debe de informar de la obligación de depositar?

Las agencias inmobiliarias son las que tienen que informar a arrendador e inquilino de la obligación del depósito, pero no pueden obligarles a hacerlo. Tampoco están a favor de asumir la denuncia de los que no cumplan, pues el sector se declara muy perjudicado por la crisis como para poner más obstáculos al cierre de operaciones. La Xunta tiene que devolver íntegro el importe de los depósitos, cuyo 30 % del monto total, al menos, debe estar siempre disponible.