La Xunta negará la defensa legal a cargos imputados por corrupción

m. ch. SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, ayer tras la reunión del Consello de la Xunta.
El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, ayer tras la reunión del Consello de la Xunta. SANDRA ALONSO

Cobrará el abogado a las autoridades a las que asista si luego son condenadas

13 mar 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Mientras la Audiencia de Ourense confirmaba la condena a José Luis Baltar por prevaricación, el Gobierno gallego aprobó ayer, todavía en forma de anteproyecto, la tercera de las cinco normas anunciadas por Alberto Núñez Feijoo en favor de la «rexeneración democrática». Dio luz verde a la ley de asistencia jurídica de la Administración y el sector público, que vendrá a poner orden en un ámbito que en la actualidad, paradójicamente, se rige por un texto «provisional» de 1984, por varias disposiciones posteriores y, parcialmente, por usos y costumbres aplicados caso a caso. Llevado a la práctica, el documento supondrá que la Xunta niegue por sistema a sus altos cargos imputados por delitos de corrupción el derecho a defensa legal a costa del erario.

Al menos esa es la interpretación que traslada el Ejecutivo del artículo 24 de la futura ley, el cual determina en qué supuestos el personal y las autoridades públicas no tendrán derecho a abogado gratis. Será cuando se aprecien intereses contrapuestos entre la Administración y el solicitante de representación letrada, cuando «non exista aparencia de actuación lexítima por parte do afectado», cuando «se deduza que o procedemento non deriva de actos ou omisións realizados no exercicio lexítimo das funcións inherentes ao posto de traballo» o bien cuando «se actuase en cumprimento de ordes que constituísen unha infracción manifesta, clara e terminante dun precepto da lei ou de calquera outra disposición xeral». La misma cláusula incluye una quinta circunstancia de posible denegación de amparo: «Cando nun mesmo procedemento puidese asumirse a defensa de varias autoridades, funcionarios ou empregados e se apreciara a existencia de intereses contrapostos entre os mesmos», una situación cuya resolución final despacharía un director xeral.

El texto responde también con claridad a la pregunta de a quién compete por defecto decidir si un cargo o trabajador autonómico merece o no defensa legal sin coste para su bolsillo. Para gozar de ella, previa «petición motivada», será «preceptiva» siempre la autorización no de un político con mando, sino de la propia asesoría jurídica general de la Xunta, que también quedará facultada para revocar en cualquier momento una respuesta en principio positiva, «se de forma sobrevida» lo estimase oportuno. El documento, no obstante, ya especifica en su punto 21.6 casos en los que procederá sí o sí poner abogado al solicitante: en aquellas asistencias «derivadas de agresións físicas, verbais ou ameazas contra o persoal docente, sanitario ou o que teña encomendadas funcións de vixilancia ou inspección».

Igualmente, el anteproyecto especifica qué debe ocurrir si alguien a quien la Xunta ha procurado defensa para un juicio resulta condenado en firme. En ese supuesto, el penado habrá de pagar a Facenda los gastos de representación, «calculados segundo as táboas de honorarios aprobadas polos respectivos colexios profesionais». Y viceversa. «Sempre que a asistencia xurídica sexa denegada, o interesado, se finalmente resulta absolto, ou o asunto é desestimado, arquivado ou sobreseído ou, no seu caso, resultan integramente estimadas as súas pretensión con carácter de firmeza», podrá cobrar una indemnización equivalente a la minuta, también cifrada con tarifas de colegio de abogados.

La ley en ciernes regula asimismo la propia asesoría jurídica de la Xunta, que, con una plantilla de 62 profesionales en activo, asume anualmente unas diez mil actuaciones judiciales, sumando las consultivas y las contenciosas. Sujeta a su criterio y control de legalidad no solo a las consellerías y demás departamentos, sino también a todos los entes instrumentales autonómicos. E impone el principio de autoprovisión; o sea, impide contratar a letrados privados, salvo «que non resulte viable por insuficiencia, carencia ou inadecuación dos medios dos que se dispón» afrontar una tarea con los de la Administración.

«O que decide a Xustiza ben decidido está», dice el hijo y sucesor de Baltar

Aunque en esta ocasión la sentencia afecte a su padre y predecesor en sus cargos, José Manuel Baltar no se movió ayer de su discurso habitual cuando se trata de valorar decisiones judiciales. «Manifestar o que manifesto sempre, que é o respecto tanto aos procedementos como aos pronunciamentos xudiciais. Así de conciso: o que decida a Xustiza ben decidido está», dijo el actual presidente de la Diputación y del PP ourensano.

Preguntado por si la sentencia conocida ayer daña la imagen de la entidad que dirige, Baltar Blanco dijo que no debe «perder nin un segundo niso». En todo caso, defendió la importancia de la Diputación: «A institución deféndese por si soa. A institución ten unha capacidade de transformación da provincia que non ten ningunha outra administración pública. Estao a facer seguirao facendo e os electores ourensáns o decidirán así o 24 de maio apoiando ás candidaturas populares».

Las contrataciones por las que su padre ha sido condenado coincidieron en el tiempo con el congreso del PP que selló el relevo dinástico en el partido. Esos enchufes, según la oposición, se hicieron para garantizar la victoria de José Manuel Baltar en el cónclave popular, algo que este siempre ha negado. Preguntado ayer por la más que probable reacción de sus rivales políticos, el presidente del PP lo que hizo fue atacar a sus opositores. Los acusó de remitirse «sempre aos mesmos argumentos». «Alá a súa estratexia. Os ourensáns falarán e volverán a darlle a confianza ao Partido Popular», dijo Baltar, que sugirió que el caso podría acabar en el Constitucional.