Once meses y 15 días de cárcel para el arousano que mató a su hermano de un disparo

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

GALICIA

Santiago Gómez permaneció casi dos años entre rejas hasta que un jurado determinó que no tuvo intenciones homicidas

29 ago 2014 . Actualizado a las 14:36 h.

El pasado 10 de julio, y después de que Santiago Gómez Lorenzo permaneciese privado de libertad 22 meses, el presidente de la sección segunda de la Audiencia de Pontevedra ordenó su la inmediata excarcelación. Instantes antes, por unanimidad, los nueve miembros de un jurado popular consideraron que, en el instante en el que la noche del 19 de septiembre del 2012 apretó el gatillo de su escopeta y alcanzó a su hermano Alfonso, no tenía intención de acabar con la vida de este.

Esta conclusión ha determinado que Santiago haya sido condenado a once meses y quince días de prisión por un homicidio imprudente. Además, y ya en el ámbito civil, se le impuso el abono de una indemnización de 180.000 euros a su cuñada, de 18.000 euros a cada una de sus dos sobrinas y de 11.000 euros a su madre.

A la hora de imponer esta condena, el presidente de la sección segunda de la Audiencia tuvo muy presente que el jurado había determinado que debían aplicarse las atenuantes de arrebato, miedo insuperable, confesión y reparación del daño causado, así como una eximente incompleta de legítima defensa. En cualquier caso, la sentencia no es firme y contra la misma cabe la posibilidad de interponer un recurso que deberá resolver el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Por lo pronto, la acusación particular, que inicialmente calificaba lo ocurrido como un asesinato castigado con 20 años de cárcel, ya ha anunciado su intención de apelar ante el alto tribunal gallego.

En cuanto a lo que ocurrió aquella noche, la resolución judicial pone de manifiesto que ambos hermanos, pese a residir en Guillán (Vilagarcía) y lindar escasa distancia entre sus casas, «mantiñan malas relacións». Como consecuencia de ello, se produjo una discusión en la que Santiago roció a Alfonso con un aerosol de defensa personal.

Este último se retiró a su casa, mientras el acusado hacia lo propio. En este sentido, la sentencia manifiesta que Alfonso «lavou a cara para saír de inmediato cunha navalla», mientras Santiago cogía una escopeta de caza y varios cartuchos.

El fallecido se dirigió al encuentro del imputado, quien «cargou a escopeta e lle disparou un tiro a aquel na perna esquerda cando se encontraban a unha distancia dun metro ou de metro e medio, para defenderse». La mala suerte hizo que los perdigones le atravesasen la aorta femoral y le provocasen la muerte.