La atención urgente nunca puede negarse, pero hay trámites

Elisa Álvarez González
E. Álvarez SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

La sanidad no es universal, pero los menores de 18 años tienen derecho a todas las prestaciones incluso sin papeles

02 may 2014 . Actualizado a las 17:34 h.

El caso de un pequeño de Burela a cuya madre se obligaba a firmar un papel de pago para atender a su hijo en las urgencias hospitalarias ha vuelto a poner encima de la mesa el debate sobre la atención sanitaria, el derecho a la misma y el papel de los inmigrantes, fundamentalmente los simpapeles, aunque en este caso sí se trataba de un niño español, cuya tarjeta estaba en trámite.

¿Todo el mundo tiene derecho a todas las prestaciones públicas?

No. Las vías de acceso a la sanidad son mediante el aseguramiento en el INSS o el Instituto Social de la Marina, por convenios especiales o acuerdos colectivos específicos, o por estar incluido en algún supuesto especial, como es el caso de los niños o de las embarazadas, víctimas de trata de seres humanos u otros. Todos los ciudadanos, aunque sean extranjeros o no tengan tarjeta sanitaria, además, tienen derecho a ser atendidos en urgencias, lo que ocurre es que se les pide que firmen un documento para comprobar si tienen recursos y facturárseles la atención en ese caso. Si un extranjero o una persona sin tarjeta sanitaria se presenta en un centro de salud para pedir una atención no urgente, no tiene por qué ser atendido según la normativa vigente.

¿Por qué se pide firmar un documento de pago?

Esta medida se puso en marcha hace unos años para evitar el turismo sanitario. El objetivo era evitar que extranjeros con recursos abusasen de la sanidad española. Las víctimas son los colectivos con pocos recursos y simpapeles, para quienes el temor y la incertidumbre solo por el hecho de firmar unos papeles les aleja muchas veces de los servicios de salud.

¿Un médico de urgencias puede negarse a atender a un usuario?

En realidad el médico no realiza los trámites administrativos -se hacen en admisión-, por lo que cuando el enfermo entra en la consulta es uno más de los que atiende, más allá de su condición legal o social. Eso sí, como ocurre no pocas veces, en ocasiones se dice al paciente que el motivo de la consulta no es urgente y debiera acudir a su centro de salud o al PAC. Sería muy excepcional que no se realizase la atención.

¿Y se puede exigir una prueba?

No. El hecho de que la prestación sea universal no está reñido con que tanto la capacidad para solicitar pruebas, derivar al especialista o establecer tratamientos sea una competencia exclusiva del médico.

Análisis ¿quién tiene derecho a la atención sanitaria?