Los diputados gallegos tributan solo por el 40 % de su salario

Domingos Sampedro
domingos sampedro SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

Cobran ayudas fijas para pernoctaciones y dietas aunque no las usen

10 ago 2012 . Actualizado a las 15:53 h.

Los diputados autonómicos se sitúan entre los políticos mejor remunerados de la comunidad, al percibir salarios brutos anuales de 57.734,88 euros, a los que a mayores suman diferentes complementos en función del cargo y kilometrajes. Pero también son unos profesionales de la política muy insolidarios en términos fiscales, ya que por término medio solo tributan a Hacienda por el 40 % del salario que perciben, es decir, en torno a 5.200 euros al año.

Con un salario de estas características, a un profesional liberal o a un trabajador asimilado de la Xunta de Galicia, como es el caso de un director xeral, Hacienda le retendría por el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) entre 12.000 y 16.000 euros, aportaciones de las que distan mucho los parlamentarios gallegos, que, por término medio, pagan de IRPF unos 5.100 euros al año, mientras que al presidente de la Xunta, que no cobra de la Cámara, se le retuvieron el año pasado pasado 23.496,54 euros por el IRPF, según se desprende de su declaración de patrimonio.

Las respuestas a esta aparente anomalía hay que buscarlas en el propio régimen retributivo de que dispone el Parlamento desde el año 2006, cuando se suprimieron los sueldos variables en función de las asistencias a órganos colegiados por las asignaciones fijas con complementos.

Un diputado cobra, como mínimo, una asignación fija de 1.942,95 euros al mes, a la que añade como mínimo un complemento de 280,91 euros para gastos de representación. Y esta es tan solo la parte sujeta a tributación, pues el resto lo cobran, como popularmente se dice, en negro. De hecho, a estas cantidades todos los parlamentarios autonómicos añaden otra indemnización fija (llamada ayuda de coste) de 2.587,38 euros para sufragar el alojamiento en Santiago o gastos de manutención, independientemente de que hagan o no uso de ellos.

Es decir, que aunque vaya a dormir a su casa, el diputado cobrará esta ayuda fija y, a mayores, los gastos en kilometraje que haya hasta su domicilio. Ni una indemnización ni la otra estarán sujetas a tributación.