El ajuste se reflejará en la jornada de interinos y laborales temporales y en las prestaciones económicas en caso de baja.
¿Es voluntaria la reducción de jornada?
Está claro que de momento lo será para los funcionarios y laborales fijos, no así para los interinos y laborales temporales. La Xunta quedaría habilitada para ejercerla en los departamentos que lo crea oportuno en función de la evolución de la situación económica. Con la pérdida de remuneración proporcional que conlleve. Esta reducción de jornada impuesta no podrá ser superior al 33 % y afectará a cientos de empleados públicos.
¿Qué supone la incapacidad temporal?
Es una de las medidas que más ha puesto los pelos de punta a los sindicatos, que creen que médicos y profesores, de salir adelante tal y como prevé la Xunta, podrían acudir en muchos casos enfermos a sus puestos antes de perder días de trabajo. El Ejecutivo, en caso de baja, propone no pagar los tres primeros, y en los diecisiete restantes, el 60 % de las retribuciones, salvo que se trate de enfermedad profesional, maternidad o accidente laboral. Los sindicatos consideran que serían muchos los docentes y profesionales de la medicina que tratarían de aguantar y trabajar con una gripe convencional antes de que les rascase el bolsillo.
¿Deberán trabajar más los empleados públicos?
La propuesta de la Xunta refleja que todo el personal al servicio del sector público autonómico pase a trabajar no menos de 37 horas y media a la semana. Sucede que en muchos departamentos de la Administración autonómica el crono ya apunta en esta dirección, mientras que en ámbitos como los de la Justicia, por ejemplo, vendrían obligados a realizar dos horas y media más. Por otra parte, los empleados públicos trabajarán más porque librarán menos. Es decir, se les caen tres días de asuntos propios, que ahora pasarían a seis.
¿A qué otras parcelas afecta el ajuste?
Se limitan las ayudas sociales, pero se mantienen los 180 euros mensuales por discapacidad. Además, excepto para el turno de noche, cuyos trabajadores tendrán derecho a recibir bebidas frías y calientes, se suspende el derecho a comedor.