La Xunta lo multó y ordenó el cierre de su oficina en el 2002

La Voz

GALICIA

07 feb 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

Las actuaciones en contra de José Manuel López Pérez no son nuevas. En el 2007, el Tribunal Supremo confirmó la orden de cierre de su oficina-clínica de Ferrol decretada por la autoridad sanitaria gallega (de la Xunta) en el 2002. El sancionado había recurrido la sanción por vía de lo contencioso-administrativo hasta llegar al alto tribunal.

En la sentencia recurrida, y luego confirmada, del Tribunal Superior de Xustiza, se decía que en la consulta se realizaban prácticas como «la utilización de historias clínicas generales y específicas para algunas especialidades tales como psiquiatría, neurología y traumatología, derivando pacientes a médicos especialistas con escrito de remisión», para lo que no estaba autorizado.

La sentencia subrayaba que la decisión de la Xunta está fundamentada ya que en el local se funcionaba sin «las necesarias autorizaciones sanitarias».

La sanción incluía una multa de seis mil euros. El Tribunal Superior confirmó también otra multa de seis mil euros por entender que la referencia a enfermedades de la columna, a que hacía referencia su publicidad, corresponde a una patología que requiere tratamiento sanitario y no lo que se conoce como medicina alternativa .

Medicina china

La inspección realizada en el local había constatado que Coté se presentaba como «profesor en Medicina China» y que abría historias clínicas.

También fue condenado por las lesiones causadas a una mujer mayor a la que realizó infiltraciones en una rodilla y que acabó en el hospital público con una infección que a punto estuvo de costarle la pierna.

Parte de estas intervenciones de la autoridad judicial o administrativa fueron promovidas por el Colegio Médico pero otras por los enfermos afectados. La Audiencia Provincial de A Coruña confirmó la sentencia de un juzgado de lo penal de Ferrol por un tratamiento en una rodilla al señalar que lo que hacía el encausado no era acupuntura, como señaló en el juicio, sino una infiltración a la paciente de una artritis séptica que le causó daños mayores.

Métodos científicos

El tribunal sostenía que «la medicina osteopática o tradicional china» constituye una práctica sanitaria que no está fundada en un método científico experimental, no se enseña en las facultades de medicina ni está entre las especialidades médicas «y cuyo ejercicio no requiere titulación alguna».

Pero no fue el único caso que lo llevó a los tribunales, si bien continuó ejerciendo. Ayer, a última hora de la tarde, varias personas se dirigieron a los juzgados de Ferrol porque tenían cita en su consulta y al encontrársela precintada querían saber qué había ocurrido.