El juez anula una orden de derribo de una casa de Coitelada, en Ares

francisco varela FERROL / LA VOZ

FERROL

Entiende que la obra es anterior a la ley del suelo del 2002 que se aplicó

30 abr 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol ha dado la razón a Ramiro Ardao Cao, que construyó una vivienda en Cervás, en la zona próxima a la península de Coitelada, en Ares. La sentencia anula la orden de demolición y expediente sancionador de la Axencia de protección da Legalidade Urbanística de la Xunta por la que se declaraban ilegalizables la vivienda y demás construcciones de la parcela (una casa, un cobertizo o edificación auxiliar y una pequeña piscina), en el lugar de Castiñeira, Outeiro, parroquia de San Pedro de Cervás. Entendía la Axencia que se encontraba en suelo rústico y de protección, como rige en la actualidad. La resolución de la Xunta es del 27 de mayo del 2009. Apercibía la Axencia de que si el propietario no procedía al derribo se le impondrían multas entre 1.000 y 10.000 euros, de forma reiterada hasta que se procediese a la restitución de la legalidad urbanística al estado anterior a la construcción.

La clave del asunto estaba, no obstante, en aclarar si la obra había sido ejecutada antes del 2002, cosa que sostenía el propietario y por ello presentó recurso, primero en vía administrativa y, posteriormente, ante los tribunales.

A la postre el juez le da la razón porque, explica la sentencia, mediante facturas de materiales y otros documentos probó que la edificación es anterior a la entrada en vigor de la actual normativa legislativa del suelo en Galicia (2002) y que el Plan General Municipal en el que se basaba también la Axencia fue derogado por sentencia del Supremo. De manera que la norma que regía eran las Normas Subsidiarias (1978) anteriores al Plan General y que sí permitían obras de tal naturaleza al establecer que el suelo era urbanizable. Cosa que no acepta el juez porque aclarar que, aaun así, el suelo rústico. Aunque sí le reconoce que la obra es anterior a la ley del 2002.