El Gobierno aprueba mejoras para la conciliación de la vida familiar en las Fuerzas Armadas

mateo balín MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Javier Cebollada | EFE

Acuerda medidas de protección de la maternidad y excedencia para casos de violencia machista

10 jun 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Consejo de Ministros aprobó ayer un nuevo Reglamento de Destinos en las Fuerzas Armadas en el que se introducen mejoras para la conciliación de la vida familiar entre militares. Las medidas adoptadas afectan a criterios de igualdad, conciliación y movilidad y tratan de reforzar la situación personal de la mujer, quienes representan un 12,5 % del total de los integrantes (15.074) frente al 10,8 % de media del resto de países de la OTAN.

Entre las principales novedades de la normativa de Defensa para reforzar las medidas que faciliten la conciliación de la vida profesional, personal y familiar del militar profesional destacan los siguientes puntos: 

Igualdad

Distintas condiciones físicas y protección de la maternidad. Se establece el acceso de las mujeres con plena igualdad a los hombres no habiendo diferencia alguna en los procesos selectivos más que las derivadas de sus distintas condiciones físicas. En el caso de estas pruebas serán iguales, pero con marcas distintas, y respecto a las medidas de protección de la maternidad destaca el aplazamiento de pruebas físicas con motivo del embarazo, parto o postembarazo. 

Formación

Mismos temarios. En lo que concierne a la formación, mismos temarios para mujeres y hombres y mismos planes de estudios. Sobre las evaluaciones, aplicación equilibrada del criterio de género en órganos de evaluación y que el embarazo no perjudica y no afecte para ascender. Por último, en la carrera militar regirá el principio de igualdad, es decir, mismas posibilidades de progresión. 

Conciliación

Horarios, misiones y reagrupación familiar. Misma jornada y horarios que el personal de la Administración General del Estado, pero existen jornadas especiales y reducción de horario por distintas causas; aplazamiento de las misiones en el exterior por determinados motivos; y se incorporan las excedencias para casos de violencia machista y la movilidad simultánea de miembros de un matrimonio de militares (solicitud condicionada a las vacantes). Asimismo, se posibilita la reagrupación familiar de los miembros de un matrimonio o pareja de hecho entre militares, y los matrimonios de militares con hijos menores no podrán ser destinados con carácter forzoso a una provincia diferente a la de su pareja. 

Movilidad

Ayudas. Habrá ayudas al alojamiento (mensuales para cambios de destino, adjudicación de viviendas militares en régimen de arrendamiento especial o ayudas para la adquisición de vivienda en propiedad); subvenciones para el transporte y mudanza y en el ámbito educativo, apoyo a la escolarización para hijos afectados por la movilidad forzosa de los progenitores y creación de 25 guarderías para 1.300 familias que formen parte del Ejército. Además, se amplían los plazos de incorporación a un nuevo destino que implique cambio de residencia. 

Una fecha clave para alcanzar la igualdad entre hombre y mujeres en las Fuerzas Armadas españolas fue el año 199, con la Ley de Régimen del Personal de las FAS, que garantizó la plena equiparación sin limitación alguna y con total acceso de la mujer a todos los cuerpos, escalas y destinos operativos. Antes, en 1989, las mujeres oficiales y suboficiales ya se incorporaron a las denominadas «armas combatientes» y en 1992 se permitió el acceso de la mujer a la categoría de tropa y marinería con limitación para ocupar determinados destinos de tipo táctico u operativo en unidades de la Legión, paracaidistas, operaciones especiales, fuerzas de desembarco y submarinos.