Proposición de Podemos para suprimir el delito de enaltecimiento del terrorismo

M. S. P. MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Javier Lizón | efe

Iglesias lamenta que en España, donde «la corrupción es una forma de gobierno», alguien pueda ir a la cárcel o pueda ser inhabilitado «por hacer un tuit»

28 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Podemos quiere acabar con el delito del enaltecimiento de terrorismo. Su secretario general, Pablo Iglesias, registró ayer en el Congreso una proposición no de ley para reformar el Código Penal a fin de suprimir el artículo 578, el que castiga con penas de entre uno y tres años de cárcel el ensalzamiento y la «justificación pública» del terrorismo, amén de «la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares».

Iglesias lamentó durante la presentación de su iniciativa que en España, donde «la corrupción es una forma de gobierno y donde la impunidad es una realidad que beneficia a los responsables de esa corrupción, alguien pueda ir a la cárcel o pueda ser inhabilitado por hacer un tuit». El líder de Podemos aseguró que en este momento en la Audiencia Nacional se «juzga más gente por enaltecimiento que cuando ETA actuaba» y que este hecho «habla mal de nuestra calidad democrática». Según Iglesias, esta «dinámica» está «impulsada por el Gobierno» para «parasitar las instituciones» a fin de «utilizarlas para asegurar la impunidad de los corruptos y mafiosos y atacar al que piensa distinto».

Libertad de expresión

La proposición sostiene que el artículo cuestionado por su «falta de concreción» está provocando que últimamente la Audiencia Nacional «juzgue a personas que nada tienen que ver con organizaciones terroristas» por el simple hecho de «proferir manifestaciones que se engloban en el denominado humor negro». Chistes o comentarios, argumenta Podemos, que «pueden ser de mal gusto o incluso ofensivos», pero que no «pueden tildarse de actos terroristas».

Para Podemos, la supresión del artículo 578 no tendría repercusiones penales, ya que el ordenamiento jurídico ya contaba «con instrumentos suficientes para perseguir la injuria, la amenaza o la calumnia», por lo que no es necesario «establecer tipos delictivos adicionales». También pide la revisión de los delitos de «injurias y calumnias y sus tipos cualificados», así como otras disposiciones jurídicas (que no se especifican) «que puedan limitar o coartar el derecho a la libertad de expresión».