La sentencia de Nóos desaira al juez Castro

Melchor Saiz-Pardo MADRID / COLPISA

ESPAÑA

JUAN CARLOS CARDENAS | EFE

El tribunal argumenta que no había ni una sola prueba para imputar a la infanta y que no hay nada en el sumario que sustente la existencia de una supuesta trama valenciana

19 feb 2017 . Actualizado a las 10:27 h.

Página 729 de la sentencia del caso Nóos que se conoció el viernes: «Hay que precisar que la pretensión acusatoria sostenida por la acusación popular (Manos Limpias) se cimentó en los argumentos emanados de las resoluciones dictadas por esta audiencia, mantenidos durante la fase instructora e intermedia del presente procedimiento». La frase aún resuena en los pasillos de los juzgados de Palma. Las magistradas de la audiencia provincial no se andan con rodeos. En román paladino, que si Manos Limpias y la abogada Virginia López-Negrete llegaron tan lejos fue porque tuvieron el amparo, cuando no el impulso, del juez instructor del caso Nóos, José Castro, durante los momentos claves del proceso, sobre todo cuando Anticorrupción decidió no acusar a la hija de don Juan Carlos.

Entonces ¿fue Nóos una investigación equivocada? ¿Es Castro un héroe y las villanas son las tres magistradas del tribunal? ¿O fue el magistrado quien se dejó llevar por cierta corriente populista y ahora la audiencia le ha puesto en su sitio? Sea como fuere, los 741 folios de la sentencia están llenos de desmentidos a los autos que Castro firmó entre el 2010, cuando comenzó la investigación de la denominada pieza separada 25 del caso Palma Arena, y el 2014, cuando acabó la instrucción del caso Nóos.

Quizás la crítica más agria que ha recibido en el fallo sea la de la incomprensión por imputar a la infanta Cristina. Pero no solo, también Castro se dejó la piel en apuntar contra la supuesta connivencia de la Casa Real en los negocios de Urdangarin (o cuanto menos su aquiescencia) y en intentar probar la existencia de una trama valenciana del caso Nóos supuestamente avalada por el expresidente Francisco Camps y la exalcaldesa Rita Barberá, de la que la Audiencia Provincial de Palma no ha visto ni rastro, a expensas de lo que dictamine el Supremo ante un más que previsible recurso de Anticorrupción. 

Ni pruebas ni testigos

Pero más allá de las críticas, la sentencia zanja que no hay una sola prueba o testigo de que Cristina de Borbón fuera «consciente» de las defraudaciones de su marido a través de Aizoon, la sociedad del matrimonio. Ni un solo testigo que «atribuya a la acusada intervención alguna en la gestión de la mercantil ni actuación de la que pudiera inferirse que de un modo u otro influyera en la toma de decisiones». Unas afirmaciones que están en las antípodas de las conclusiones a las que llegó Castro en enero del 2014, cuando imputó a la hija de don Juan Carlos por un delito fiscal y blanqueo, con un auto de nada menos que de 227 páginas. El magistrado había llegado entonces al convencimiento de que «los delitos contra la Hacienda Pública que se imputan a don Iñaki Urdangarin difícilmente se podrían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y aquiescencia de su esposa, por mucho que cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado».

Castro habló, incluso, de que la infanta se había avenido a convertirse en un «escudo fiscal» frente a Hacienda con su participación como socia en Nóos, extremo que la sentencia niega en varias partes, insistiendo en que no hay una sola prueba de que estuviera al día de lo que sucedía en la mercantil. 

Cita en la Zarzuela

La verdad judicial también desmonta otra de las obsesiones de Castro y sobre la que edificó la trama valenciana de Nóos con una supuesta reunión en la Zarzuela entre Barberá, Camps, Urdangarin y Diego Torres, en la que, de acuerdo con el relato del instructor, la exalcaldesa abrió las puertas de la comunidad al yerno del entonces rey para que diera un pelotazo de 3,6 millones de euros con los Valencia Summits. Como un clavo ardiendo, el magistrado se agarró a ese supuesto encuentro celebrado el 29 de enero del 2004, cuya existencia solo confirmaba Torres, entonces en el peor momento de las relaciones con su exsocio.

Aunque Barberá y Camps, en sede judicial y fuera de ella, negaron haberse encontrado jamás en el palacio con el marido de la infanta, a pesar de que Urdangarin también lo desmintió y pese a que Castro no encontró a nadie que avalara la confesión de Torres, el juez siguió erre que erre. En mayo del 2013, situó esa supuesta reunión como vértice en su exposición razonada de 70 páginas que elevó al Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana para pedir que encausara a los entonces presidente autonómico y alcaldesa, y acusara a ambos de los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial. 

El encuentro que nunca existió

La sentencia de la audiencia provincial, que absuelve a los cinco encausados de la trama valenciana porque nunca existió, también niega de forma rotunda «que se produjera un encuentro entre todos ellos (Urdangarin, Torres, Barberá y Camps) en el palacio de la Zarzuela el día 29 de enero del 2004». Es más, concluyen las magistradas, «no ha quedado acreditado que Urdangarin se reuniera conjuntamente con Rita Barberá y con Francisco Camps». Tampoco fuera de la residencia de los reyes.

El tribunal valenciano ignoró los argumentos que Castro les desmenuzó, y Barberá y Camps solo comparecieron como testigos en el juicio. Pero esa nunca fue la intención de Castro, que quería sentarlos en el banquillo por unos delitos que hubieran sumado penas de entre siete y quince años de prisión, y entre 21 y 36 años de inhabilitación. «Quizás», dicen varios juristas de Palma parte de la instrucción de Nóos fue una «investigación equivocada».