La Audiencia confirma el procesamiento de Chaves y Griñán por los ERE

Europa Press

ESPAÑA

Eduardo Abad | EFE

Ha desestimado los recusos presentados por los expresidentes de la Junta de Andalucía

18 feb 2017 . Actualizado a las 01:01 h.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el auto en el que el juez Álvaro Martín procesó a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a otros 24 exaltos cargos dentro de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

Así lo ha dictaminado la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla en un auto en el que ha rechazado los recursos presentados por los expresidentes de la Junta.

La Fiscalía Anticorrupción solicitó una condena de seis años de cárcel y otros 30 años de inhabilitación para José Antonio Griñán, que fue procesado por delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación, mientras que a Manuel Chaves le reclama una condena de diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

Respecto a Griñán, la Audiencia dice que «ha podido cometer un delito de malversación, en su modalidad de administración desleal de los caudales públicos», porque su actitud como consejero «produjo el mismo resultado que hubiera causado la acción de haber realizado la sustracción de caudales públicos». Como consejero, Griñán «elaboró y aprobó los presupuestos y sus modificaciones con conocimiento de la ilegalidad grosera» en el uso de las transferencias de financiación, «lo que permitía un lucro ilícito de empresas privadas por la obtención de fondos públicos a través» de ese instrumento financiero, explica la Audiencia.

Griñán, aunque lo negó, «tenía sobrado conocimiento de las irregularidades que se hacían constar en las memorias de control financiero de las empresas de la Junta, que remitía anualmente la Intervención General de la Junta de Andalucía al Consejo de Gobierno», y a pesar de ello, no actuó hasta el 2010, le reprocha la Audiencia.

En la Ley de Presupuestos, de la que Griñán era el máximo responsable, «se vulneraba tanto la batería de requisitos como la fiscalización previa que recoge la normativa de subvenciones», concluye la Audiencia. «Parece que la existencia de indicios del delito de prevaricación son sólidos en relación con la actuación» de Chaves, señala la Audiencia.

Manuel Chaves «contribuyó a materializar el otorgamiento de ayudas/subvenciones a sabiendas de que se otorgaban sin cumplimentar los requisitos legales y sin pasar los controles propios de las subvenciones regladas ni tampoco de las excepcionales», concluye la Audiencia. 

El ponente del recurso, Juan Romeo, afirma que «chirría» la afirmación de Chaves de que no conocía las modificaciones presupuestarias aprobadas para ayudar a empresas en crisis como Santana Motor o Delphi y que, a la vez, se hubiera reunido con los trabajadores de esas compañías para buscarles una solución.

Una de las claves en esta pieza es el uso de las transferencias de financiación por parte de la Junta de Andalucía para ayudar a empresas en crisis, que según la Audiencia se hizo de modo «torticero» por parte de la Consejería de Empleo y de las empresas públicas IFA/IDEA.

En este sentido, la Audiencia señala que «no es cuestionable la legalidad de la técnica de las transferencias de financiación, pero sí es cuestionable que las mismas se utilicen para realizar ayudas económicas y sociolaborales a empresas privadas, cuando su finalidad es exclusivamente la cobertura del gasto corriente de empresas públicas».