Un cambio discutible jurídicamente que puede dañar al tribunal

E. C. MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

SANDRA ALONSO

Roberto L. Blanco Valdés recuerda que es imprescindible que el Constitucional aparezca como imparcial para desarrollar su función

02 sep 2015 . Actualizado a las 16:09 h.

Dar al Tribunal Constitucional la capacidad de suspender a las autoridades autonómicas en caso de que incumplan sus resoluciones es discutible jurídicamente e inoportuno políticamente. Así lo señalan los constitucionalistas consultados por La Voz. Roberto L. Blanco Valdés señala de entrada que esta reforma se explica porque «por primera vez y de manera reiterada una autoridad pública, la Generalitat catalana, se niega directamente o mediante subterfugios a cumplir las resoluciones», por ejemplo en materia lingüística o al celebrar la consulta del 9N. Pero, dicho esto, estima que facultar al Constitucional para suspender de sus funciones a los presidentes autonómicos es «de una inoportunidad política total» y «jurídicamente discutible». En su opinión, «supone meter al tribunal directamente en el conflicto, más de lo que ya lo está cuando debe adoptar una resolución». Recuerda que es imprescindible que el Constitucional aparezca como imparcial para desarrollar su función. El catedrático de la Universidad de Santiago destaca, además, que ya existe un trámite específico para estos casos, que es el artículo 155 de la Constitución.

Para Xavier Arbós, catedrático de la Universidad de Barcelona, la reforma es «jurídicamente innecesaria», aunque no inconstitucional, «inoportuna» y «puede erosionar más la credibilidad del Tribunal Constitucional de lo que ya está». Arbós plantea un caso hipotético que muestra la inconveniencia de dar al tribunal la potestad sancionadora: «El TC suspende el decreto de un presidente autonómico; este ignora la suspensión y lo aplica; el TC le sanciona; el presidente recurre y llega en amparo al mismo TC». En ese supuesto, «el TC se convierte en juez de su propia causa, con nula apariencia de imparcialidad».

Blanco Valdés también discute que se faculte al TC a poner multas en caso de incumplimiento, porque esa «no es su función genuina», tampoco es oportuno políticamente y, además, es «absolutamente ineficaz».