La Audiencia confirma que la infanta Cristina tendrá que sentarse en el banquillo

EFE

ESPAÑA

DANIEL AGUILAR | efe

Los abogados de la hermana del rey sostienen que Manos Limpias no está legitimado para sostener la acusación por delito fiscal 

26 jun 2015 . Actualizado a las 13:26 h.

La Audiencia de Palma ha confirmado hoy que la infanta Cristina tendrá que sentarse en el banquillo como acusada de cooperadora en dos delitos fiscales cuando se celebre el juicio del caso Nóos.

La defensa de doña Cristina presentó ayer un escrito al tribunal de la Audiencia que juzgará el caso Nóos en el que planteaba que la decisión sobre si la acusación popular tiene legitimidad para llevar a juicio a la infanta se resuelva sin necesidad de que se siente en el banquillo.

Los abogados de la hermana del rey sostienen, contra el criterio del juez instructor, José Castro, que en aplicación de la llamada «doctrina Botín» el sindicato Manos Limpias no está legitimado para sostener la acusación por delito fiscal sin el concurso de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que representa a la Agencia Tributaria.

Consideran que el tribunal de la sección primera de la Audiencia encargado de resolver el caso, que preside Juan Pedro Yllanes, debería resolver la discrepancia en la vistilla previa de ordenación del juicio que prevén convocar los magistrados, lo que evitaría que la infanta se siente en el banquillo ni siquiera cuando se planteen las cuestiones previas.

Sin delito «es imposible» una fianza

El fiscal anticorrupción de Palma de Mallorca y del caso Nóos, Pedro Horrach, ha defendido que si ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado acusan a la infanta Cristina de delito fiscal «es imposible» que el Ministerio público le pida una fianza que «deriva en una pena de multa», como la demandada por el juez José Castro, de 2.700.000 euros.

Según ha precisado, el delito fiscal lleva una pena de prisión y, aparejada, una de multa. «Esta pena de multa puede ir del tanto al séxtuplo de la cuota defraudada, si la Fiscalía ni la Abogacía del Estado acusamos por este delito fiscal, es imposible que pidamos una fianza que deriva en una pena de multa que no solicitamos en el escrito», ha señalado.

Asimismo, ha asegurado que la diferencia entre ambas peticiones es «sustancial» porque el juez instructor del caso Nóos, José Castro, «ha seguido el criterio de la acusación popular, Manos Limpias, que solicitaba el séxtuplo de la cuantía defraudada» mientras que la Fiscalía entiende que «depositó ya 500.000 euros en el juzgado para hacer frente a la responsabilidad civil». «Por lo tanto, tiene derecho a un atenuante, que es la reparación de la pena y que es de aplicación en el artículo 65,3 porque se trata de un delito especial propio y la pena suele rebajarse entre 1 y 2 grados», ha considerado.

Además, ha recordado que «la mayoría de casos» de delito fiscal tramitados en Palma de Mallorca con «cuantías defraudadas de 25 millones de euros, y en el caso de la infanta se habla de 120.000 euros, acabaron todas con penas de prisión de seis y multas del tanto, no del séxtuplo».