El Tribunal Superior de Madrid considera un fraude «el finiquito diferido» de Bárcenas

melchor saiz-pardo MADRID / COLPISA

ESPAÑA

BENITO ORDÓÑEZ

Remite a Hacienda y a la Seguridad Social el apaño entre el extesorero y el PP para seguir pagándole tras su despido

05 may 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La lucha entre Luis Bárcenas y el Partido Popular a cuenta del famoso despido en «diferido» (en palabras de Dolores de Cospedal) va a terminar muy mal para ambas partes porque aquel ardid, según la justicia, fue presuntamente un fraude, cometido con la participación activa del extesorero y de la formación política. Y todo ello porque ambos «simularon» una falsa «relación laboral», según el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

El tribunal tenía que analizar el recurso que planteó Luis Bárcenas contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 16 de Madrid que consideró procedente su despido. El principal imputado del caso Gürtel había demandado al PP por despido improcedente y había pedido ser indemnizado con 905.353 euros. La primera instancia judicial desestimó su reclamación y ahora el TSJM también ha vuelto a considerar que la rescisión de su contrato como tesorero del partido estuvo justificada. Sin embargo, no se limita a dictar sentencia y avisa de que va a dar parte de las irregularidades que se dieron en ese despido «prorrateado».

El tribunal remitirá así a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Servicio Público de Empleo Estatal, a la Inspección del Trabajo, a la Agencia Tributaria y a la propia Fiscalía lo que considera una operación que «no puede aceptarse como mínimamente razonable». Se refiere al hecho de que el PP pagara a Bárcenas entre el 16 de abril del 2010 y el 31 de enero del 2013 un sueldo mensual de 21.300 euros -amén de chófer, secretaria personal o cestas en Navidad- «sin recibir ninguna contraprestación».

Fue en febrero del 2013 cuando la secretaria general de los populares tuvo que reconocer que, a pesar de que el PP anunció que el exsenador había dejado de ser su empleado en abril del 2010, siguió la relación laboral a través de lo que calificó, en un ya famoso trabalenguas, de «finiquito» o «indemnización en diferido» o «simulada» mediante un acuerdo «entre las partes» avalado por los servicios jurídicos del partido. Este terminó por argumentar que se trataba solo de «prorratear» el despido alargando la vida laboral del despedido. Explicaciones para intentar justificar que el PP había pagado una remuneración bruta anual de 255.600 euros pese a que el imputado ya no trabajaba para el partido.

No procedentes

Los jueces entienden que ese apaño provocó «cotizaciones que no procedían legalmente» y que «pueden tener incidencia en futuras prestaciones de la Seguridad Social». Ese despido «diferido», además, también pudo tener repercusiones fiscales ilegales pues el exsenador no habría tributado por esos ingresos recibidos como rentas del trabajo. Y de igual modo, los magistrados ven posible que el PP y Bárcenas cometieran un «posible fraude» con responsabilidades penales.

La sentencia abunda en lo inverosímil de la «indemnización en diferido» que defendió Cospedal. «Lo normal habría sido, si aceptamos las alegaciones que hace la propia empresa, haber procurado mantener al actor alejado de la sede del partido dado su horizonte penal complicado, despedirle y no abonarle una indemnización por un importe tan elevado», señala el fallo.

El buen olfato para los negocios

Bárcenas insiste. Ni cobró comisiones por la adjudicación de obras públicas ni distrajo dinero de la cuenta B del PP. Los 48 millones que llegó a amasar en bancos suizos desde 1988, arguye, fueron exclusivamente gracias a su fino olfato para el arte y los negocios. Es la tesis en su escrito de defensa presentado ayer sobre la primera época del caso Gürtel.