Desestiman la demanda de Urdangarin por la publicación de sus correos

Efe

ESPAÑA

La jueza entiende que la publicación de los mensajes enviados desde su ordenador profesional del Instituto Nóos no supone una vulneración de su intimidad

28 abr 2014 . Actualizado a las 19:53 h.

Una jueza de Barcelona ha desestimado la demanda que presentó el duque de Palma, Iñaki Urdangarin, por la difusión de sus correos electrónicos, al entender que la publicación de los mensajes enviados desde su ordenador profesional del Instituto Noos no supone una vulneración de su intimidad.

En su sentencia, la titular del juzgado de primera instancia número 46 de Barcelona rechaza así la demanda por vulneración del derecho al honor y a la intimidad que Urdangarin interpuso contra su exsocio Diego Torres y siete grupos editoriales, a los que reclamaba una simbólica indemnización de un euro por difundir informaciones relacionadas con sus correos íntimos.

En primer lugar, la juez recuerda en su sentencia que las noticias publicadas hasta ahora sobre los correos «se sucedieron en el ámbito de una investigación judicial de extremísima relevancia» y, por ese motivo, «es incuestionable el interés general que los 'mails' tenían, diluyéndose forzosamente el derecho a la intimidad (...)». Además, la magistrada argumenta que Urdangarin transmitía esos mensajes desde un ordenador situado en la sede del Instituto Nóos en que trabajaba y que era consciente de que todos los equipos informáticos de la empresa eran «controlados periódicamente por varias entidades».

Para la magistrada, «es notorio e indubitado» que el esposo de la infanta Cristina «sabía perfectamente el control al que estaban sometidos los ordenadores de la empresa y, aunque ahora está claro que no consiente que los correos sean publicados, en su momento consintió en remitir información de carácter personal a través de los mismos, y con ello diluyó la protección que el derecho de intimidad otorga a todos los ciudadanos (...)». Otro argumento de la juez es que se desconoce el número, contenido, destinatario y carácter de los correos que Urdangarin envió desde su ordenador y que, además, se ignora «quién los tiene ni si dispone únicamente de ellos el señor Diego Torres o más gente», como el personal del Instituto Nóos, los ingenieros que hacían los «backups» o personal del CNI que también se encargaba de esa tarea.

La juez recuerda en su fallo que los ordenadores del Instituto Nóos eran de «uso común» para todos los trabajadores de la empresa, «lo que permite considerar que la información archivada en el disco duro era accesible a todos ellos (...)».