La Ley de Seguridad Ciudadana obligará a presentar el DNI en locutorios y cibercafés

La Voz

ESPAÑA

Los más afectados por la medida son los inmigrantes sin papeles, principales usuarios de este tipo de establecimientos

10 abr 2014 . Actualizado a las 15:33 h.

La polémica Ley de Seguridad Ciudadana que promueve el Gobierno y cuyo anteproyecto fue aprobado en el Consejo de Ministros y que pretenden sustituir a la aprobada por el PSOE en 1992 pretende controlar el acceso a establecimientos de servicios de telefonía e internet.

De forma discreta, el artículo 24 de la controvertida ley, obliga al «registro documental impuesto por la autoridad competente» de todos los establecimientos que ofrezcan «servicios de telecomunicaciones por medio del acceso a servicios telefónicos o telemáticos de uso público». Es decir, el uso de locutorios y cibercafés, por ejemplo, estará restringido para todos aquellos que no puedan identificarse, tal y como ha adelantado El Confidencial.

Una vez que la ley supere el trámite parlamentario, el Ministerio del Interior aprobará un reglamento en el que se especificarán las condiciones de la nueva normativa que afectará a los establecimientos considerados importantes por el Gobierno para el «mantenimiento de la seguridad ciudadana». Dicho reglamento establecerá el documento que deberán presentar los usuarios que accedan a estos establecimientos y todavía no se conoce si el Gobierno permitirá que se presente documentación de otros países y que determinará el acceso de los inmigrantes sin papeles, principales usuarios de estos comercios.

El artículo hace mención también a servicios de hospedaje, comercio, reparación de objetos usados, alquiler o desguace de vehículos de motor o compraventa de joyas o metales. En todos ellos existe ya un registro obligatorio de las personas que ha recurrido a sus servicios, a excepción de locutorios y cibercafés.

El anteproyecto de ley no se olvida de las sanciones. Según el régimen sancionador, los establecimientos que no cumplan, nieguen u obstruyan el acceso a las autoridades de los datos del registro podrán incurrir en una sanción administrativa grave sancionadas con multas de 1.001 a 30.000 euros.