Condenados dos policías de Las Palmas que le dieron una paliza a un indigente

Efe

ESPAÑA

La Audiencia condena a cada uno de los agentes a tres años de cárcel, tres de inhabilitación y les obliga a indemnizar al hombre con 5.200 euros

20 mar 2013 . Actualizado a las 18:28 h.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a tres años de cárcel por un delito de torturas y otro de lesiones a dos policías locales de la ciudad, por dar una paliza a un indigente y abandonarlo a su suerte borracho y «completamente desorientado».

Los hechos sucedieron en la tarde del 26 de junio del 2008, cuando los agentes Marcos P.V. e Isidro Antonio B.A. fueron enviados al barrio de Los Giles porque se estaban recibiendo quejas en el 092 de que había una persona que estaba alterando el orden público. Los policías identificaron al individuo que estaba provocando esos altercados, C.B.D., un hombre «con aspecto de indigente», que resultó ser hermano de otro miembro de la Policía Local de la ciudad, y se ofrecieron a llevarlo en su coche a otro lugar.

La sentencia considera probado que los dos acusados condujeron a C.B.D. a la zona de La Cazuela, donde lo bajaron del coche, «la emprendieron a golpes contra él» y le rociaron los ojos con el aerosol irritante de su equipo policial, sometiéndolo a un trato por el que resultó «completamente humillado». Después, lo «abandonaron a su suerte» y «completamente desorientado». En esas circunstancias, C.B.D. comenzó a dar golpes a una vivienda, lo que provocó que su dueño llamara a la Policía.

Cuando dos agentes del Cuerpo Nacional de Policía llegaron al lugar, se encontraron a esta persona embriagada y caminando por la calzada «con grave peligro para su vida», por lo que intentaron detenerla. Sin embargo, C.B.D. agredió a los policías y estos tuvieron que reducirlo y detenerlo por atentado a la autoridad.

Los agentes procesados negaron haber golpeado o utilizado sus aerosoles irritantes contra esta persona, pero el juez sostiene que existen múltiples indicios que les señalan como los autores de las lesiones que ya presentaba cuando intervinieron los agentes del Cuerpo Nacional de Policía (contusiones en la cara, un ojo semicerrado y un corte en una ceja). Entre esos indicios, la sentencia cita que C.B.D. ya había provocado otro incidente antes en la playa de Las Canteras que motivó la intervención de otros dos policías locales, que no apreciaron que tuviera lesión alguna. Tampoco vio que tuviera esos golpes en la cara la persona que llamó al 092 desde Los Giles.Además, el propio afectado declaró que no fueron los policías nacionales los que le pegaron, a pesar de que, por enfrentarse con ellos, fue condenado por un delito de atentado a la autoridad.

Finalmente, el juez cita otro indicio más: los informes forenses que dictaminan que la infección que presentaba una de las heridas que tenía en la cara fue provocada por un aerosol irritante.

«Por pura derivación lógica, resulta que fueron los hoy acusados, Marcos P.V. e Isidro Antonio B.A. los que, abusando de su cargo y en el desempeño del mismo, se extralimitaron mucho de una mera reducción de una persona en posible situación conflictiva, situación que llevaron a cabo con convencimiento de la impunidad de su atentado», concluye el magistrado José Óscar Roldán. La sentencia, que es apelable ante la Audiencia de Las Palmas, condena a cada uno de los agentes a tres años de cárcel y tres de inhabilitación para empleo y cargo público y les obliga a indemnizar a C.B.D. con 5.200 euros por daños morales y físicos.