La ley española que regula los desahucios vulnera la legislación europea

EFE

ESPAÑA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestiona que los jueces no puedan suspender una ejecución hipotecaria

14 mar 2013 . Actualizado a las 18:21 h.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que las medidas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son contrarios a la legislación europea de protección de los consumidores. «La normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión», indicó la Corte con sede en Luxemburgo en un comunicado.

La institución comunitaria considera que el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección de los consumidores que pretende garantizar la directiva europea sobre cláusulas abusivas en los contratos. La legislación europea se opone a que una normativa nacional, como la española, impida al juez competente adoptar medidas cautelares, como la suspensión del procedimiento de ejecución de una hipoteca, «cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final».En concreto, el tribunal europeo apunta a «todos los casos en que la ejecución de un inmueble se lleve a cabo antes de que el juez declare abusiva la cláusula contractual en la que se basa la hipoteca y, en consecuencia, la nulidad del procedimiento de ejecución».

Vulnera la protección al consumidor

La sentencia de hoy está motivada por el caso de un ciudadano que interpuso una demanda contra CatalunyaCaixa tras ser expulsado de su vivienda, quien reivindica que se anule una de las cláusulas del préstamo hipotecario y el procedimiento de ejecución hipotecaria. El Tribunal de Justicia de la UE señaló hoy que dado que en el caso español el juez no tiene la posibilidad de suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria, si decide declarar nula una cláusula de un contrato por considerarla abusiva, esta decisión solo dará protección al consumidor a posteriori, bajo la forma de una indemnización. «Dicha indemnización resulta incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de esas cláusulas», afirma la sentencia, que agrega que «así ocurre con mayor razón cuando, como en este caso, el bien hipotecado es la vivienda del consumidor perjudicado y de su familia». El tribunal lamenta que el mecanismo de protección de los consumidores previsto por la normativa española -el pago de una indemnización por daños y perjuicios- «no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda». Además, la sentencia indica que corresponde al juzgado mercantil de Barcelona que lleva el caso analizar si las cláusulas incluidas en el contrato en cuestión son abusivas y si responden a los objetivos deseados a la vez que garantiza los derechos del consumidor.

El Gobierno, a la espera de la sentencia

A comienzos del mes de marzo el Partido Popular afirmó que esperaría a la sentencia del Tribunal de la Unión Europea sobre la normativa española de desahucios por deudas hipotecarias antes de aprobar el proyecto de ley sobre el mismo asunto que tramita actualmente el Congreso. La razón de la espera era evitar que el Parlamento español aprobase una ley y que nada más entrase en vigor tenga que ser modificada por exigencia de la justicia europea. Actualmente hay dos textos sobre desahucios en el Congreso de los Diputados: el proyecto de ley para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, procedente del real decreto que aprobó el Ejecutivo el pasado mes de noviembre, y la iniciativa legislativa popular sobre la dación en pago, paralización de desahucios y alquiler social.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón ha garantizado hoy que el Gobierno modificará la legislación española sobre desahucios e hipotecas para adaptarla a la ley europea. En declaraciones a los medios en los pasillos del Congreso, Gallardón ha precisado que no conoce los términos exactos de la sentencia, que ha declarado que las medidas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son contrarios a la legislación europea de protección de los consumidores, pero ha dicho que «naturalmente» que se incorporará a la legislación española. «Nosotros asumimos el compromiso de que todos los aspectos que haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos», ha afirmado Ruiz-Gallardón, quien ha asegurado que el ministerio lo estudiará «en profundidad».