La abdicación en Holanda evidencia las lagunas en España

Enrique Clemente Navarro
enrique clemente MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

BENITO ORDOÑEZ

Aún está pendiente la ley sobre la sucesión que prevé la Constitución

30 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

La abdicación de la reina Beatriz de Holanda en favor de su hijo vuelve a poner de manifiesto la falta de regulación de esa figura en la legislación española. Aunque don Juan Carlos dejó claro en su última entrevista que no piensa dejar el trono, el incidente de Botsuana abrió el debate, dados sus problemas de salud, su edad (ahora 75 años) y el desgaste de la institución por el caso Urdangarin.

El portavoz del PP en el Congreso, Alfonso Alonso, consideró ayer que la estabilidad de la Corona es «un elemento importante que debemos cuidar» y no ve necesidad de que se plantee una situación similar a la de Holanda «en este momento». El de la Izquierda Plural, José Luis Centella, señaló que es evidente que «la monarquía española está a debate». «Nosotros lo que creemos es que en este momento habría que preguntar a los españoles entre monarquía o república; a partir de ahí ellos sabrán cómo se administran la herencia familiar», añadió.

Pero UPyD puso el foco en la falta de regulación. El diputado Carlos Martínez Gorriarán dijo que es conveniente resolver los «agujeros legales», entre ellos los que afectan a las previsiones sucesorias, que a su juicio son poco claras al contrario de lo que ocurre en Holanda. Afirmó que no tiene la impresión de que en España pueda ocurrir algo similar, pero que este hecho «simplemente pone de relieve la falta de previsión en España para la cuestión de la sucesión a la Corona», ya que no se ha desarrollado legalmente «nada al respecto», mientras allí «está perfectamente regulado constitucionalmente».

Efectivamente, la abdicación no está regulada en la legislación española. El artículo 57.5 de la Constitución establece que «las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión se resolverán por una ley orgánica». Pero aún está pendiente, por lo que no hay ningún procedimiento establecido para formalizarla y habría que acudir a los principios en que se basa la monarquía parlamentaria, según el catedrático de Derecho Constitucional Antonio Torres del Moral. Este destaca que «ni siquiera ha habido nunca un proyecto de regulación» y recuerda que el intento de cambiar la Constitución que proponía la igualdad hombre-mujer en el orden sucesoria a la Corona acabó en fiasco. En su opinión, es una «irresponsabilidad que estemos igual que hace 34 años».

¿Qué fórmula legal se seguiría entonces para la abdicación? Torres considera que las Cortes deberían examinar el escrito de abdicación del rey para comprobar que no ha sido forzado a hacerlo ni ha esgrimido un argumento que considere erróneo. Una vez aceptada su validez jurídica en una reunión conjunta de las dos cámaras, el presidente del Congreso propondría su aprobación por asentimiento y en caso de que hubiera discrepancias se votaría.