La Audiencia Nacional obliga al juez a tomar declaración a la expareja de Pujol

EFE

ESPAÑA

La mujer denunció que Pujol Ferrusola llevó grandes cantidades de dinero en billetes de 500 euros a Andorra

15 ene 2013 . Actualizado a las 17:19 h.

La sección tercera de la Audiencia Nacional ha obligado al juez instructor de este tribunal Pablo Ruz a tomar declaración a la expareja de Jordi Pujol Ferrusola, hijo del expresidente de la Generalitat, por las acusaciones que hizo contra él y miembros de su familia de un posible blanqueo de capitales.

La sala ha admitido el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de Ruz de no investigar el caso y derivarlo a los Juzgados de Plaza de Castilla, al no apreciar que fuera competencia de la Audiencia Nacional porque no quedaba clara «la comisión de actos que supongan la consumación de una actividad delictiva» fuera de España.

La sección explica, en cambio, que el juez Ruz debe tomar declaración a María Victoria Álvarez Martín, la mujer que denunció que Pujol Ferrusola llevó grandes cantidades de dinero en billetes de 500 euros a Andorra, sin perjuicio de que dedica luego ordenar o no la práctica de más diligencias.

En el auto, la sala indica que los datos aportados por la mujer en su declaración ante la Policía «son significativos de obvias imputaciones delictivas a Pujol Ferrusola y a miembros de su familia», de modo que su versión ante el juez puede determinar que se proceda a continuar con las diligencias o archivarlas.

Apunta que esto es así sin perjuicio de que los datos aportados por la mujer sean «escasos o no» y aunque por ahora no se sustenten en otros elementos fácticos que los corroboren.

La mujer habló ante la Policía de diversos viajes entre los años 2006 y el 2008 a Andorra, Londres, México y Argentina. Sobre los viajes de México, se refirió a inversiones en la construcción de un hotel y negocios de gestión de casinos y, en cuanto a Londres, indicó que participó en una reunión como posible inversora de una empresa de telecomunicaciones.

La sala recoge en el auto el criterio de la Fiscalía de que estos hechos «son representativos de datos o indicios que, de poder ser concretados o ampliados, permitirían una investigación penal por presuntos delitos de blanqueo de capitales y/o delitos contra la Hacienda Pública».

Añade la sala que como no se ha practicado ninguna otra diligencia de investigación policial, por ahora hay que atenerse a la declaración de la mujer, que aporta «datos manifiestamente insuficientes e inconcretos» que la denunciante debe ratificar o ampliar ante el juez. Por todo ello, la sección considera que «es imprescindible un inicial mínimo acto de instrucción judicial, cual es una declaración ratificadora y ampliatoria de la prestada en sede policial por Álvarez Martín que pueda eliminar el palmario carácter difuso de los hechos denunciados». Esta declaración, añade, la debe realizar Ruz, titular del juzgado central de instrucción 5, y a partir de ella decidir si sigue o no investigando la causa.