Hacienda deja a miles de gallegos emigrados sin las deducciones para pagar herencias

Mario Beramendi Álvarez
Mario Beramendi SANTIAGO / LA VOZ

ECONOMÍA

Tras una sentencia de la UE, cambia el impuesto de sucesiones, pero solo para los ciudadanos europeos, el 13 % de la diáspora

03 oct 2014 . Actualizado a las 13:09 h.

El gran grueso de la diáspora gallega tendrá que seguir tributando por las herencias con cargo a la ley estatal y sin beneficiarse de las deducciones autonómicas. Los cambios normativos que aplicará el Gobierno central para adaptar la reforma fiscal a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE -que obliga a tratar por igual a los residentes y no residentes en España- afectarán a ciudadanos que residan en la UE o en el Espacio Económico Europeo, es decir los 28 países de la UE más Liechtenstein, Noruega e Islandia. Así consta en las enmiendas tramitadas por el grupo del PP en el Congreso para modificar la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto de sucesiones y donaciones.

En un principio, se había interpretado que la sentencia era extensible al conjunto de la emigración. Pero preguntado al respecto, el Ministerio de Hacienda ha sido rotundo.

Según los últimos datos actualizados por el INE, a comienzos de este 2014 había en la emigración 479.558 ciudadanos gallegos. De ellos, 374.269 estaban en países de América; 1.693, en Oceanía; 1.019, en Asia y 936 en África. En el continente europeo se contabilizan 101.641, es decir, el 21 % del total. Pero con los cambios normativos que ultima Hacienda no se les aplicarían a todos las deducciones de la Xunta en el impuesto de sucesiones en el supuesto de que recibiesen una herencia. Casi 39.000 emigrantes gallegos se encuentran en Suiza, y este país no es miembro de la UE ni del Espacio Europeo.

Esto significa que solo el 13 % de los gallegos que se encuentran fuera de la comunidad podrían tributar por una herencia como si vivieran en Galicia. O dicho de otro modo: casi nueve de cada diez emigrantes tendrán que liquidar el impuesto de sucesiones con cargo a la ley estatal.

Un caso práctico

Esto significa que si dos hermanos heredan y uno vive en Galicia y otro en Suiza o Argentina, las diferencias son notables. Si el que reside en la comunidad gallega es menor de 21 años está exento de pagar; el otro, no. Y si recibe una empresa, tributa a un simbólico 1 %. Hay más bonificaciones que no podría tomar el que está en el exterior: en Galicia hay un mínimo exento de 125.000 euros por persona en cada herencia y el tipo máximo se rebajó del 40?% al 18 %.

Como se ve, esto tiene su importancia hacia el futuro, pero también con carácter retroactivo, toda vez que Hacienda devolverá menos dinero por las liquidaciones mal efectuadas. A finales del mes pasado, el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia hizo público un comunicado en el que apremiaba a los residentes en el extranjero a que solicitaran ante la Agencia Tributaria la devolución de los pagos indebidos del impuesto de sucesiones, siempre y cuando no hubiesen transcurrido cuatro años desde la liquidación.

A lo largo de los últimos ocho años, el Estado ha recaudado unos 700 millones de euros por el impuesto de sucesiones aplicado a residentes en el extranjero. Y las primeras estimaciones apuntan a que tendrán que devolver, aproximadamente, unos 200 para cumplir con la normativa que impide un trato fiscal diferente. La reciente sentencia de la UE y los efectos que de ella se derivan colocan en el primer plano la necesidad de armonizar la tributación de herencias en el conjunto del Estado. Ahora mismo en España coexisten hasta 20 regímenes jurídicos diferentes en este impuesto.