Los funcionarios interinos ya pueden reclamar 20 días por año si los despiden

Ana Balseiro
Ana Balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

La sentencia abre paso a las reclamaciones interinos que son despedidos en verano
La sentencia abre paso a las reclamaciones interinos que son despedidos en verano M. MORALEJO

Un juzgado de A Coruña les reconoce los mismos derechos que al personal laboral

11 jul 2017 . Actualizado a las 07:58 h.

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña se ha convertido en pionera al reconocer por primera vez en España el derecho de un funcionario interino a recibir una indemnización tras su cese, algo que la Justicia europea sí había reconocido hace un año al personal laboral contratado en la Administración.

El fallo, hecho público ayer por el sindicato CSIF, cuyos servicios jurídicos presentaron el recurso, equipara la situación de un profesor que había realizado una sustitución durante un año a la de cualquier empleado laboral de la Administración, por lo que le concede una compensación económica equivalente a 20 días de salario por año trabajado, la misma que se aplica en los despidos objetivos por razones técnicas, económicas, organizativas o de producción.

La sentencia señala que la «mera temporalidad» en la relación contractural no elimina el derecho a ser indemnizado, ya que tal extremo iría contra el principio de igualdad de la directiva europea.

La sentencia señala que la «mera temporalidad» no evita la indemnizaciónAsí, el juez entiende que F. L. R., que realizó una sustitución como docente entre el 13 de octubre del 2015 y el 14 de septiembre del 2016, tiene derecho a percibir una indemnización de 20 días por año trabajado (casi 1.600 euros más intereses), algo que la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria le negó, motivando la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha dado origen al fallo, y contra el que únicamente cabe recurrir al Tribunal Supremo.

«Manifiesta discriminación»

La resolución señala que, de no admitir la demanda del docente, se produciría una «manifiesta discriminación» entre el empleado laboral de la Administración -al que sí se le reconoce el derecho a indemnización tras su cese- y el funcionario interino, únicamente por su condición de temporalidad. Sustenta su argumentación invocando la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el 14 de septiembre del pasado año reconoció la igualdad de trato de ambas figuras, con el caso de Ana de Diego Porras, una contratada laboral del Ministerio de Defensa: tenía derecho a percibir una compensación tras finalizar su relación laboral. El juez subraya que no existen, tampoco, «razones objetivas» que justifiquen la negativa de la Administración a conceder indemnización al demandante, por lo que revoca la resolución de la Consellería. Desde la Xunta señalaron ayer que respetan el fallo judicial, aunque recuerdan que «ata o momento todas as sentenzas ditadas en casos análogos foron en sentido contrario». Las mismas fuentes explicaron que la asesoría jurídica está estudiando la sentencia para valorar «se procede, ou non, recorrer perante o Tribunal Supremo».

Abre la puerta a la reclamación de hasta 250.000 funcionarios, 5.500 en Galicia

«Esta sentencia abre la puerta a miles de reclamaciones, por ejemplo, de profesores interinos que son despedidos durante los meses de verano para reincorporarse en septiembre con el comienzo del curso escolar. Solamente en el mes de junio, fueron cesados 51.487 personas, la cifra más alta de los últimos nueve años», valoraba ayer la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) el fallo, que califica de «pionero».

A través de un comunicado, el sindicato recordó que hasta la fecha los tribunales únicamente se habían pronunciado a favor del personal laboral de las Administraciones -el contratado conforme al Estatuto de los Trabajadores-, pero que aún no se reconocía tal derecho a los funcionarios interinos, los que, por razones de necesidad o urgencia, son nombrados para cubrir plazas vacantes, realizar sustituciones o afrentar exceso de tareas o programas, como ocurre en ámbitos como la enseñanza, la justicia o la sanidad. CSIF estima que en España hay unas 250.000 personas en esta situación de interinidad, mientras que en el caso de Galicia la cifra está en torno a las 5.500, según los datos de la Xunta.

CISF valora positivamente la sentencia y considera que pone de manifiesto la necesidad de abordar «de manera inmediata el proceso de estabilización del empleo público», ya que este giro en el criterio judicial «podría producir un aluvión de reclamaciones y la saturación de los juzgados», advierte.