Sin intermediarios, pero con obligaciones

X. R. A. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

MARCOS MÍGUEZ

Estas son las claves normativas del comercio directo de leche, carne o especies de caza

28 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Una vez que reciba la aprobación definitiva -que se espera para este mismo año- la nueva normativa del Ministerio de Agricultura complementará, principalmente en lo relativo a la comercialización de leche, carne o especies de caza, a la ya existente en Galicia desde septiembre del 2014, que regula la venta directa de productos primarios desde las explotaciones al consumidor final.

¿Qué productos se pueden vender ahora de forma directa en Galicia?

Frutas, legumbres, hortalizas y frutos silvestres. También huevos y productos procedentes de la apicultura, como la miel, el polen, propóleos o jalea real. La normativa autonómica también establece la posibilidad de comercializar setas, si bien en este caso debe cumplirse con lo dispuesto en una normativa estatal específica de este tipo de productos.

¿Hay límite de cantidad?

Sí, en función del tipo de producto del que se trate. Así, por ejemplo, se establece un máximo por productor y año de 40 toneladas de hortalizas, 24 de legumbres o 20 de patatas. En cuanto a la miel y los huevos, se imponen unos límites de 3.000 kilos y 1.000 docenas, respectivamente. Cantidades más que suficientes si se trata de explotaciones familiares, que suelen estar escasamente dimensionadas.

¿Es necesario envasar los productos?

Siempre y cuando la venta se realice in situ no será de aplicación lo dispuesto en la normativa general de etiquetaje, presentación y publicidad de productos alimenticios. La información que debiera incluir la etiqueta se puede sustituir por la que transmita oralmente el vendedor. En el caso de venta en establecimientos al por menor sí es necesario el envasado y etiquetaje del género.

¿Qué requisitos se piden?

Los trámites son sencillos, puesto que basta con inscribirse en los registros oficiales establecidos para estos efectos, además de crear y mantener una base de datos interna en la que se relacionen tanto los productos comercializados como las cantidades vendidas y el lugar en el que se realizaron las transacciones. Estos datos deben conservarse al menos dos años.

¿Se vigilan las condiciones sanitarias?

Cada productor es responsable de la trazabilidad de lo que venda, aunque siempre está sujeto a las normativas específicas para cada producto y a las inspecciones periódicas de los responsables sanitarios.

¿En qué lugares se permite la venta directa?

La actual normativa gallega identifica tres modalidades distinta de venta. In situ (en la propia explotación productora), en mercados -solo pueden comercializar los titulares, sus empleados o parientes en primer grado- o en establecimientos de venta al detalle, siempre y cuando en la transacción no existan intermediarios.