Hacienda obligará desde julio a 1.500 empresas gallegas a enviar semanalmente su facturación

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Javier Lizón | EFE

Críticas al nuevo sistema de gestión del IVA, en fase piloto

25 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

A partir del 1 de julio, la Agencia Tributaria estrenará una nueva forma de gestionar el IVA de las grandes empresas, a través del suministro inmediato de información (SII), un sistema que en la práctica supondrá que las firmas remitan casi en tiempo real -semanalmente- su facturación. Aunque el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ya había presentado el SII como la revolución de la gestión del IVA en el 2014, será ahora cuando se estrene. Según los cálculos de Seres, empresa líder en la gestión de facturación electrónica y participante en el programa piloto que ya prueba la AEAT, en España 63.000 sociedades, unas 1.500 de ellas en Galicia, están obligadas a implantar el nuevo sistema.

El fisco defiende sus ventajas: agilidad y mucha más información. Y las empresas se quejan de los recursos -tiempo y coste- que su implantación les exige. Las principales preguntas sobre el sistema de gestión del IVA se responden a continuación:

¿Qué es?

Más eficacia de la mano de la tecnología. La Agencia Tributaria está presentando a las empresas el SII y cómo les afectará, pero en su web ya explica que se trata de un cambio en el sistema de gestión actual del IVA, tras 30 años en funcionamiento, aprovechando que la tecnología lo permite. Básicamente, se pasará de los libros de registro del IVA a facilitar la información de la facturación directamente, a través de la sede electrónica de la AEAT. «El nuevo SII permite acercar el momento del registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación económica que subyace a las mismas», indica la Agencia Tributaria, destacando que esto permite no solo «mejorar el control tributario», sino también «la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones».

¿A quién afecta?

Obliga a las empresas que facturen más de seis millones de euros. Además de a estas grandes empresas, cuya facturación sea superior a los 6.010.121,04 millones, el SII se aplicará a quienes tengan la obligación de autoliquidar mensualmente el IVA y al resto de los sujetos pasivos que «voluntariamente» quieran acogerse a la nueva fórmula. De hacerlo, esta opción implicará que su obligación de autoliquidación será mensual y que deberán permanecer en el sistema al menos durante el año natural para el que se solicita. «Su entrada en vigor afectará a 63.000 grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual, un colectivo que representa el 80 % de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA en España», subraya Alberto Redondo, director de márketing de Seres para la península ibérica y Latinoamérica. La AEAT, por su parte, no ha dado aún una estimación oficial de afectados, aduciendo que dependerá de los que se acojan desde el régimen de devolución mensual.

Entrada en vigor

A partir del 1 de julio. Aunque su puesta en marcha se aprobó por decreto el pasado 2 de diciembre, la entrada en vigor del SII será el 1 de julio. Pero, «dada la infraestructura técnica necesaria para gestionar el volumen de información de que se va a disponer», la Agencia Tributaria desarrollará durante la primera mitad del año pruebas piloto en las que está previsto que participen «un número representativo de empresas con el apoyo de las principales empresas de software que operan en España y que dan soporte a la mayoría del colectivo incluido en el sistema».

Cómo funciona

Cuatro días para remitir facturas. Podrán hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Aunque el plazo legal será de cuatro días laborales tanto para las facturas expedidas como para las recibidas, durante el primer semestre de vigencia se duplicará, de modo que los contribuyentes tendrán ocho días -excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales- para enviar la información. «En todo caso, el suministro deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en el que se hubiera producido el devengo del impuesto» o del período de liquidación en que se hayan incluido las operaciones, recoge la web de la AEAT.

Documentación

Las facturas, en detalle. «Las empresas deberán remitir el detalle de registro de las facturas, no las facturas concretas. Tendrán que procesar en sus sistemas un volumen mucho mayor de información para enviar todos los campos obligatorios: registro, operación, contenido de la factura o factura simplificada y otros datos, como la cuota deducible o el período», recuerda Redondo. El envío podrá ser mediante servicios web que permitan conectar directamente los ordenadores de las firmas con los de la AEAT o a través de un formulario web (en diseño), pensado para las empresas más pequeñas.

Malestar

Una gestión más exigente y poco tiempo. El IVA on-line ha disparado el malestar de las empresas, abrumadas por las exigencias de una gestión tributaria en tiempo real. «Las sociedades desconocen el trasfondo de este cambio. No solo se basa en generar un fichero con la información a la Agencia Tributaria, sino en un cambio que afecta a los procesos y la forma en la que las empresas trabajan con la facturación y la información necesaria para su gestión tributaria», resume el responsable de Seres, subrayando la necesidad de que las afectadas «se pongan ya, porque queda poco tiempo».

Ventajas

Agilidad y más información. El fisco destaca las ventajas de la fórmula, que, entre otras cosas, permitirá a los contribuyentes presentar la autoliquidación del impuesto sobre el valor añadido 10 días más tarde o también contrastar la información de sus libros de registro con la información suministrada por clientes y proveedores.