Galicia penaliza la sucesión de empresas frente a regiones que favorecen su continuidad

manuel blanco REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Carga impositiva sobre las herencias
La Voz

Las diferencias de criterio entre comunidades generan un agravio comparativo, a juicio de los expertos

09 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Heredar una empresa en Galicia puede convertirse en un enorme quebradero de cabeza. Hacerlo en Madrid, sin embargo, en un gran negocio si la compañía está saneada y tiene futuro. El caos normativo en materia de sucesiones entre las distintas comunidades, con cada una de ellas haciendo de su capa un sayo y aplicando condiciones que oscilan entre la bonificación total y la imposición de gravosos tipos, ha generado una distorsión y un agravio comparativo que puede hacer peligrar incluso la continuidad de algunas empresas según donde estén ubicadas, en opinión de los expertos consultados.

En Galicia, el 1 de enero del 2015 entró en vigor una reforma legal que elevaba de 125.000 a 400.000 euros la exención para sortear el pago del impuesto de sucesiones y donaciones. Aquella medida aprobada por el Ejecutivo de Núñez Feijoo en año electoral suponía un notable balón de oxígeno para la mayoría de la población gallega. No así para un pequeño pero significativo porcentaje de contribuyentes, sobre todo empresarios que, ante una eventual sucesión, deberán seguir liquidando un tributo que podría generar dificultades para garantizar la viabilidad de la firma.

Galicia figura en el grupo de comunidades que todavía mantiene un impuesto de sucesiones elevado para las consideradas rentas altas (ver gráfico adjunto). Nada que ver con la política que han seguido otras regiones como Madrid, País Vasco, Castilla La Mancha, Navarra, Cantabria o Canarias, donde prácticamente se ha eliminado el impuesto, lo que ha desatado en todo el Estado un fenómeno bautizado como el turismo de herencias y que, en el caso gallego, se ha traducido en deslocalizaciones, esto es, en el traslado de la sede social de algunas empresas a autonomías con una legislación menos onerosa en esta materia.

Así lo corrobora José Vales, socio director de Vales Asociados y prestigioso abogado en materia tributaria, quien advierte de que el mapa actual es un «despropósito» y urge un marco que mitigue la inseguridad jurídica actual. Vales, en sintonía con lo que defienden entidades como la Asociación de la Empresa Familiar de Galicia, sostiene que es preciso proteger con un estímulo la actividad real y el empleo. Y lo explica con un ejemplo gráfico: «Una empresa que haya generado tesorería para invertir en el futuro, para protegerse por si en algún momento vienen mal dadas, no puede ser penalizada ante una eventual sucesión porque ese capital forma parte de la propia actividad empresarial. No se puede castigar al que lo hace bien y por eso es preciso crear una guía de puertos refugio para garantizar su futuro», concluye.

El abogado apuesta por crear un centro de coordinación estatal, con un cuerpo de inspectores, para tutelar la aplicación de este tributo y evitar que su imposición afecte a la actividad empresarial y defiende la homogeneización del impuesto de sucesiones y donaciones, limitando las competencias legislativas de las comunidades en este ámbito. «Que tengan una horquilla, sí, pero no tan amplia», matiza.

Comité de sabios

Su diagnóstico es similar al planteado hace dos años por un comité de sabios liderados por el catedrático Manuel Lagares. Aquel equipo divulgó un informe en el que proponía, entre otras cosas, unificar los tipos aplicables en sucesiones, de forma que oscilaran entre el 4 y el 10 %. En la actualidad, y dependiendo de la región en cuestión, los tipos son progresivos y abarcan una horquilla de entre el 7 y el 34 %, que en algunos casos queda en exención total por las bonificaciones autonómicas.

Así, mientras en Madrid una herencia por encima del millón de euros quedaría libre de cargas, en Andalucía o Cataluña debería abonar un tipo del 34 % si se tratase de un heredero directo (hijo). Si por contra fuese un colateral (sobrino, por ejemplo), la tasa podría rebasar el 60 %, lo que dificultaría enormemente su recepción.

Así las cosas, el destino del impuesto de sucesiones, y en el caso de Galicia la ventana que el Gobierno de Núñez Feijoo abrió en su día para las herencias de las rentas medias y bajas, es incierto. Gonzalo Freire, hasta hace unas semanas tesorero del Colegio Notarial de Galicia y «orgulloso» notario de Betanzos, reconoce que existe una incertidumbre «alrededor de la duración que podría tener este régimen sucesorio porque es evidente que la homogeneización del impuesto está sobre la mesa».

Aparece en este extremo otro elemento clave: si se unifican los tipos entre comunidades, ¿cómo se hará? ¿Al alza o a la baja? «Porque es evidente -argumenta Freire- que las consecuencias serían distintas en función de cómo se haga». El notario ha constatado este año un incremento de los pactos sucesorios (una figura de transmisión en vida) de alrededor del 10 %, y lo que es más llamativo, con un incremento del valor de los inmuebles legados, un hecho vinculado en lógica con el nuevo régimen en vigor en territorio gallego. Cualquier cambio normativo en este sentido podría alterar por tanto la posibilidad de acometer estas operaciones.

En cualquier caso, Freire cree que el escenario actual es una anomalía que, más tarde o más temprano, acabará corregida. «Es evidente que la situación representa un agravio comparativo tremendo. Es casi como tener un paraíso fiscal dentro de un país; una disfunción que afecta a la competitividad», concluye.

Piso domotizado en la capital de España para evitar pagar una fortuna

Quien hizo la ley hizo la trampa. La competencia entre comunidades en materia de sucesiones ha generado en los últimos años algunas situaciones anómalas. Un letrado madrileño experto en derecho tributario cuenta el caso de un empresario del sur de España que se empadronó en Madrid, compró una residencia en la capital y la domotizó para generar consumos de agua, luz... Paralelamente, se hacían compras con tarjeta en un supermercado próximo, pero seguía residiendo donde lo había hecho toda su vida, en el sur de España. ¿Su objetivo? Ahorrarse una fortuna una vez que llegase la hora de la sucesión. En Madrid, este individuo tendrá que estar censado al menos dos años y medio para evitar pagar sucesiones. Si lo hubiese hecho en Navarra, le habrían bastado seis meses.