La Justicia pone una pica en la dualidad laboral que afecta a toda Europa

La Voz MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Un fallo concluye que no es legal que una trabajadora interina no tenga derecho a una compensación

26 sep 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La dualidad del mercado laboral español está ahora más que nunca en el centro del debate tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las indemnizaciones por despido. El fallo concluyó que no es legal que una trabajadora interina no tenga derecho a una compensación. Pero el problema de fondo, la dualidad del mercado de trabajo, no es exclusivo de España. Se trata de una realidad en prácticamente toda Europa, pues en la mayoría de sus países existen contratos de duración determinada y también indefinidos, con características distintas en función del período de prueba, la duración y, evidentemente, la indemnización.

Quizá el país con un régimen más parecido al español sea Francia. En el país vecino hay contratos temporales que no tienen indemnización, mientras que el resto de eventuales tiene un abono del 10% del total de remuneración cobrada durante el tiempo contratado. En cambio, el indefinido cobrará en caso de despido un quinto del salario hasta el décimo año de servicio y, a partir de ahí, un tercio. Pero los contratos temporales allí tienen una duración máxima de 18 meses salvo excepciones como, por ejemplo, un reemplazo.

En Dinamarca el despido es libre. En contrapartida goza de una prestación alta para los parados y una importante política activa de empleo. En Bélgica existen diferencias en la extinción del contrato si se ha pasado un período de seis meses o no. En esos seis primeros meses la indemnización sería igual para temporales y fijos. A partir de ahí, el pago tras la finalización, que no se basa en jornadas trabajadas sino en días de preaviso, puede ser o mejor o peor. En Alemania realmente no existe diferencia entre un contrato temporal o indefinido porque no hay una compensación establecida por ley; depende de lo que hayan acordado antes las partes, algo que se basa en dos variables: salario y antigüedad. Lo que sí regula es que la duración de los eventuales no puede exceder de los dos años.

Caso distinto es el de Austria, que después de una negociación para resolver la dualidad entre los contratos de menos de tres años y los de más (solo estos tenían derecho a indemnización), se llegó a un acuerdo por el que se creó la famosa mochila.