Tic, tac, tic, tac para las cláusulas suelo

Rubén Santamarta Vicente
rubén santamarta REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

PACO RODRÍGUEZ

La Justicia europea empieza a estudiar hoy la retroactiviad de unos contratos en los que la banca se juega 10.000 millones

26 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La banca contiene el aliento a partir de hoy. Tiene cita en Luxemburgo, en el Tribunal de Justicia de la UE, donde se estudiará si hay que aplicar una retroactividad total en las cláusulas suelo. Es decir, si la banca durante años ha cobrado de más en sus contratos hipotecarios al fijar un tope a los clientes. Los afectados cruzan los dedos, aguardando recuperar miles de euros.

¿Qué es lo que se tiene que determinar?

Lo que se va a analizar en Luxemburgo no es si las cláusulas suelo son legales o no, sino sus efectos y el alcance de estas cuando se declaran nulas. El objeto de la polémica está en una sentencia del Supremo que obligó a retirar las cláusulas de BBVA, Novagalicia (actual Abanca) y Cajamar. Y obligó a devolver todo el dinero cobrado de más en la hipoteca desde mayo del 2013, desde que dictó sentencia. Esa es la fecha que han tomado como referencia, casi siempre, todos los tribunales -primera instancia, audiencias provinciales...- para marcar una retroactividad si se fallaba a favor del cliente bancario. Sin embargo, algunos juzgados españoles elevaron consultas a Luxemburgo, por encima del Supremo, porque si se entiende que una cláusula es nula, no es nula desde mayo del 2013, sino desde que se firmó el contrato. Ese es el objeto de polémica.

¿Cuándo se conocerá la resolución?

El tribunal europeo comenzará a estudiar el caso hoy, pero no se espera que dicte sentencia hasta dentro de al menos dos o tres meses.

¿Qué alcance tendrá la sentencia?

Habrá que ver en primer lugar qué es lo que determina, aunque, atendiendo a informes preliminares que se han incorporado a este caso, todo apunta a que el fallo será desfavorable a la banca, y en el sentido de que si la cláusula es nula (es posible que no aborde la nulidad de oficio) tenga que haber retroactividad total. Lo que diga el tribunal europeo obligará al resto de salas cuando se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea. Pero no borrará la cláusula de golpe, sino que tendrán que ser los bancos los que lo hagan o, de no hacerlo a voluntad, el cliente tendrá que denunciar. Los abogados creen que habrá un aluvión de demandas que ahora están congeladas a la espera de lo que diga Luxemburgo.

Si es contraria a la banca, ¿beneficiará a los clientes ya sin cláusula?

Los bancos sostienen que, suceda lo que suceda, no afectará a aquellos casos ya juzgados o en los que los afectados firmen una renuncia judicial. Los abogados discrepan. «Habrá que presentar una demanda en primera instancia, pero se podrá hacer igualmente», sostiene Jaime Concheiro, especilista en derecho bancario en CCS Abogados. Entrarían, por ejemplo, todos los clientes de Abanca a los que se les retiró la cláusula en el 2013. Entiende este jurista que aquella decisión del banco emanaba de una sentencia del Supremo en una demanda colectiva cuya resolución era solo para aquellos adheridos a esa denuncia, aunque el banco optó por generalizar la decisión. Por lo tanto, su causa no está juzgada.

¿Qué le puede suponer a la banca española?

Según diferentes estudios, se juegan unos 10.000 millones de euros si Luxemburgo ordena una retroactividad total y tienen que devolver todo lo cobrado de más. «Ningún banco va a quebrar por ello, lo de las preferentes fue bastante mayor», advierte Concheiro.

Y si es favorable a los bancos, ¿ya no se puede pleitear?

Sí. Desde primera instancia. Se podrá porque no se espera que Luxemburgo marque una doctrina general de las cláusulas, blindando que son legales.