«¿Una offqué?» Los secretos de las sociedades «offshore» o pantalla

Ana Balseiro
Ana Balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Se denomina así a las empresas se crean en un paraíso fiscal y que carecen de actividad económica en el país, del que sirven solo como domicilio legal

05 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

No figura en el diccionario de la Real Academia y habrá quien asocie el término solo a las prospecciones petrolíferas o a los parques eólicos marinos. Pero offshore describe también otra actividad: las empresas que se crean en un paraíso fiscal y que están vacías, es decir, carecen de actividad económica en el país, del que se sirven únicamente como domicilio legal. También se las denomina sociedades pantalla o no residentes.

¿Para qué sirven?

Como su propio nombre indica, son pantallas para custodiar secretos, ya sea la identidad del titular de la misma o sus bienes y patrimonio, alejados de los ojos del fisco, la Justicia o incluso la familia. También se crean con el objetivo de abrir cuentas bancarias en terceros países sin que figure el beneficiario y así poder eludir el correspondiente pago de impuestos.

¿Cómo funcionan?

Su máxima es la opacidad. Por ello lo más habitual es que al frente de la sociedad no figure su verdadero titular, sino un testaferro que haga la función de pantalla a todos los efectos.

¿Es legal su actividad?

La respuesta es afirmativa. Las sociedades offshore en sí son legales. De hecho, casi todas las multinacionales españolas del Ibex tienen filiales offshore para desarrollar su actividad en países más inestables. Lo que puede ser ilegal es la actividad para la que se crean: blanqueo o evasión fiscal, por ejemplo. Fuentes de la Agencia Tributaria subrayaban ayer que son empresas que se constituyen fuera del país y que lo único que deben hacer, si sus titulares son españoles, es declararlas al fisco y tributar por ellas. No hacerlo (a través del modelo 720) sí quebrantaría la ley y supondría abultadas sanciones.

¿Cualquiera puede crearse una?

Sí. Basta con que abone los servicios del despacho profesional que las constituye, normalmente en 24 horas y casi sin requerir documentación. A excepción de una pequeña cuota de registro anual (no superior a 200 dólares), están exentas de pagar tributos.