La banca inicia el bloqueo de servicios a clientes que no presentaron el DNI

Rubén Santamarta Vicente
Rubén Santamarta REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

CESAR QUIAN

Ha inutilizado tarjetas o impedido transferencias para que el afectado se identifique; algunas entidades ya lo hicieron antes de expirar el plazo

15 may 2015 . Actualizado a las 09:59 h.

No iba de farol la banca con su aviso de que se bloquearían servicios a los clientes que antes del 1 de mayo no se identificaran adecuadamente en las oficinas. Quince días después de expirar ese plazo, las entidades han iniciado ese proceso de limitar de determinados servicios a usuarios que, teniendo la obligación de hacerlo, no remitieron al banco en cuestión su DNI escaneado, u otros documentos requeridos. Son casos muy contados, que no llegan ni al 0,1 % de toda la clientela. Pero quiere decir que, al final, el aviso no se ha quedado en papel mojado.

La Ley 10/2010 de abril del 2010, sobre blanqueo de capitales, especificaba que las entidades financieras debían tener perfectamente identificados a sus usuarios cinco años después de la entrada en vigor de esa norma. Eso daba de plazo hasta el 30 de abril pasado. Pese al amplio período concedido, y a los recordatorios de la banca en los últimos meses (el Gobierno se puso de perfil), muchos clientes esperaron a los últimos días para personarse en las oficinas con el DNI en su mano. Eso provocó escenas sorprendentes en algunas sucursales bancarias de Galicia, con decenas de personas esperando su turno fuera.

Pero no todos llegaron a tiempo. Voluntaria o involuntariamente. Y aunque los bancos, de puertas hacia dentro, habían dejado caer que serían laxos con los afectados, lo cierto es que han empezado a tomar medidas en los últimos días. Sobre todo, esta semana. Cuatro entidades consultadas -y que prefieren no ser citadas-, todas fuertemente asentadas en Galicia, coinciden en que el procedimiento con esos clientes ha seguido una pauta similar que se puede resumir así: se avisaba primero al afectado, y si no respondía, se empezaban a limitar, poco a poco, los servicios que tenía. Primero, las claves de acceso a la banca electrónica, luego la tarjeta de débito, posteriormente transferencias, en tercer lugar, tarjetas de crédito, y finalmente, toda la operativa. Esto supone no ingresar nómina o pensión, que es el principal movimiento en la cuenta.

Es una medida, insisten en las entidades, «impuesta por la ley» y que resulta reversible: basta con pasar por la oficina correspondiente, presentar el DNI y documentos acreditativos extra -como actividad económica o estructura accionarial de personas jurídicas, a criterio de cada entidad-, y se procede a liberar los servicios limitados.

En todo caso, esas entidades aseguran que los bloqueos totales son «casos muy particulares». Algo en lo que coinciden asociaciones de consumidores. «No tenemos constancia de que esté siendo un problema importante para los clientes; así como antes de que acabara el plazo había mucha inquietud, ahora no», apunta Fernando Herrero, de Adicae.

Esta organización sí sabe de algunas financieras que se adelantaron al plazo dado para dar «avisos» a los clientes afectados, bloqueando temporalmente algún servicio, algo que también confirman directores de algunas sucursales. «Era la única manera de convencer a clientes que no respondían a los avisos previos», replican.

Los que no fueron avisados por su banco porque este sí tenía copia de la documentación podrán ser llamados para renovarla si, por ejemplo, el DNI ha sido renovado. No hay un plazo claramente determinado para hacerlo.

La limitación al afectado se hace de forma gradual, hasta cerrarle toda la operativa