El Constitucional avala la quita impuesta a las preferentes y subordinadas

J. A. B. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Por la vía del arbitraje, 287.000 titulares de participaciones preferentes han recuperado 3.070 millones

17 feb 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La quita que el Gobierno impuso, vía decreto ley, a los tenedores de participaciones preferentes y deuda subordinada adquiridas a las entidades financieras nacionalizadas (Bankia, Novagalicia Banco y Catalunya Banc) no vulneró sus derechos fundamentales. Así lo considera el pleno del Tribunal Constitucional en una sentencia conocida ayer, y en la que se recogen dos votos particulares discrepantes.

Frente al criterio general de sus compañeros, quienes defienden que la «urgencia» con la que actuó el Ejecutivo estaba justificada por las «especiales dificultades económicas» de los afectados, ambos magistrados argumentan que dicha medida tendría que haberse tramitado por vía parlamentaria como proyecto de ley. De esta forma, apuntan, habría habido opción de introducir algunos cambios, como pretendía el PSOE con su recurso.

Las quitas medias aplicadas en junio del 2013 variaban según la entidad implicada. Así, en el caso concreto de Bankia suponían el 38 % de la inversión en preferentes, el 36 % para la deuda subordinada perpetua y el 13 % para la deuda con vencimiento.

Para acceder al canje legal de esos productos financieros, considerados de alto riesgo, por acciones de los nuevos bancos (herederos de las cajas de ahorros que los emitieron) había que aceptar la quita.

Arbitraje

Mientras, por la vía del arbitraje, 287.000 titulares de participaciones preferentes de las tres cajas nacionalizadas han recuperado ya 3.070 millones, lo que supone que las entidades han devuelto ya casi la mitad del capital captado por esta vía, según los datos facilitados por el Gobierno al portavoz adjunto de Economía del PSOE en el Congreso, Antonio Hurtado.