Bruselas levanta el veto a los astilleros españoles con un nuevo marco fiscal

Manoli Sío Dopeso
m. sío dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Deja en manos del Gobierno la modificación de la Ley Tributaria para su entrada en vigor

21 nov 2012 . Actualizado a las 13:09 h.

Después de 18 meses de desencuentros y al menos tres borradores rechazados, la Comisión Europea ha dicho sí al nuevo marco fiscal propuesto por España para la construcción de buques de gran tonelaje, y lo ha hecho garantizando su plena legalidad. «Este nuevo régimen no es selectivo y permitirá responder en particular a las preocupaciones del sector naval español sin falsear la competencia en el mercado único europeo», declaró el comisario para la Competencia y vicepresidente de la Comisión Europea, Joquín Almunia, tras levantar oficialmente el veto que ha mantenido a los astilleros españoles -y de manera especial a los gallegos- prácticamente fuera del mercado naval desde junio del 2011, cuando Bruselas expedientó el tax lease hasta entonces en vigor por vulnerar la libre competencia.

Tras muchas deliberaciones, en las que no faltaron presiones por parte de los principales países constructores europeos, Competencia llegó ayer a la conclusión de que el nuevo régimen de amortización anticipada (ese es el nombre oficial de la flamante herramienta fiscal) «no implica ninguna ayuda estatal con arreglo a las normas europeas, ya que no favorece a ciertas empresas frente a otras».

Astilleros, sindicatos, patronales, Xunta y partidos políticos reaccionaron como una sola voz celebrando el feliz y esperado acontecimiento. Pero ¿cuándo entrará en vigor? ¿Qué incentivos fiscales ofrece? Estas son las principales claves del nuevo documento:

Entrada en vigor

Cambio de la Ley Tributaria. Una vez aprobado, Bruselas deja en manos del Gobierno la entrada en vigor del nuevo tax lease. Para ello, será necesaria la modificación de la Ley Tributaria, algo que, según explicaron ayer fuentes de Hacienda, «se hará con la mayor celeridad posible, aunque no será de hoy para mañana». Las mismas fuentes avanzaron que el Gobierno podría aprovechar la actual tramitación del proyecto de ley de medidas de consolidación fiscal e introducir la modificación, para que el nuevo sistema pueda empezar a aplicarse a partir del próximo 1 de enero.

Régimen no selectivo

Aplicable a otros sectores. El nuevo tax lease no será exclusivo para el naval. Se aplicará a todos los tipos de bienes de inversión materiales adquiridos mediante arrendamientos financieros que no sean producidos en serie y que necesiten un período de fabricación de un año como mínimo. Se aplicará también a los bienes fabricados fuera de España.

Deducción fiscal

Amortización anticipada. El nuevo sistema permite deducir fiscalmente el coste de determinados activos adquiridos mediante arrendamientos financieros desde el inicio de su construcción, sin esperar a que sean explotados comercialmente. Complementa así la posibilidad que ya tenían los contribuyentes españoles de acelerar la deducción de este coste en función de los pagos efectuados en el marco de un contrato de arrendamiento financiero.

Margen de bonificaciones

Entre un 18 y un 20 % de máximo. Es solo de una estimación dependiente de variables como el tipo de activo, plazo de amortización del bien o de los márgenes de financiación. También depende, en buena medida, de la labor de convicción que, a partir de ahora, consiga el sector para ganarse de nuevo la confianza de las entidades financieras, estructuradores y agrupaciones de interés económico.