El Superior anula las ayudas para comprar muebles que otorgó el Igape en el 2010

Gabriel Lemos A CORUÑA / LA VOZ

ECONOMÍA

Señala que la convocatoria discriminaba a las grandes distribuidoras en favor del pequeño comercio

26 jun 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha declarado la nulidad de las ayudas que el Instituto Galego de Promoción Económica (Igape) lanzó en el 2010 para subvencionar la adquisición de muebles de madera para el hogar y colchones, por entender que discriminaba a las grandes superficies comerciales, que no podían adherirse al programa.

Conocido como Re-móblate, el plan de incentivos se convocó en el 2010 para intentar relanzar el sector del mueble, castigado por la crisis inmobiliaria y, de paso, favorecer al pequeño comercio, ya que las ayudas, que ascendían a un máximo de 600 euros por persona, solo se podían obtener si los productos se adquirían en la red de pymes adheridas. Una discriminación positiva que provocó la denuncia de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), la patronal de las grandes superficies comerciales, en la que están integrados El Corte Inglés, Carrefour, Alcampo o Eroski, y que recurrió a los tribunales la orden que regulaba las ayudas por entender que atentaba contra el principio de la libre competencia, al primar a unos comercios sobre otros. Para poder acceder a las ayudas, la Xunta exigía que los comercios se sumasen a una red de entidades colaboradoras en la que solo admitía a pymes o autónomos con centro de actividad en Galicia. Estos establecimientos debían garantizar una rebaja del 8 % sobre el precio final del producto adquirido, en el que podía colaborar el fabricante del producto, al que se sumaba otra ayuda directa del Igape del 7 % (con un máximo de 280 euros). La Xunta defendió el trato de favor a las pymes argumentando que, además de una acción de dinamización de la industria maderera gallega, que padecía entonces una caída superior al 22 % en su facturación por el pinchazo de la burbuja inmobiliaria, era necesario favorecer a los pequeños comercios, porque «su acceso a mercados específicos y una cartera reducida de clientes son factores que incrementan su riesgo de quiebra».

Unos argumentos que no convencieron a la magistrada, que reprocha que «lo que debió acreditar es que el estímulo de la industria maderera exige la restricción de los oferentes para limitarlos a las pymes» y que si el objetivo era ayudar al pequeño comercio se deberían haber aprobado medidas específicas a tal fin «y no aprovechar una ayuda pública al consumo».

Efectos prolongados

Para apoyar su denuncia, las grandes áreas comerciales esgrimieron además un informe de la Comisión Nacional de la Competencia, que señalaba que las ayudas públicas deben diseñarse para que las condiciones que imponen no supongan una «restricción injustificada de la competencia» y en el que el organismo advertía que estas subvenciones influyen sobre el comportamiento de los consumidores, incentivando la compra en unos establecimientos.

Una distorsión del mercado que, señala la sentencia, se agravó al establecer una vigencia temporal que habría incrementado la demanda, «guiado el consumidor por el afán de no dejar pasar la oportunidad».

Por este motivo, declara la nulidad de las ayudas y da un plazo de diez días al Igape para decidir si recurre el fallo. Expertos juristas consultados por este periódico apuntan que la nulidad podría no tener efectos prácticos, toda vez que las ayudas ya han sido entregadas y el fallo no puede tener efectos contra los terceros que actuaron de buena fe, en este caso los compradores.