El Gobierno convierte el despido con 20 días en la norma habitual

N. bore / g. bareño MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Bastará invocar caída de ventas, incluso sin pérdidas, para poder reducir plantilla

11 feb 2012 . Actualizado a las 18:21 h.

De Guindos avanzó en Bruselas que la reforma laboral iba a ser «extremadamente agresiva» y ayer se conoció. A la espera de desmenuzar la letra pequeña del decreto ley, que hoy se publica en el BOE, la norma que ayer aprobó el Consejo de Ministros abarata el coste del despido en más de la mitad, ya que el Gobierno quiere que la indemnización de 20 días por año trabajado (hasta un máximo de doce mensualidades) sea la habitual, concretamente «masiva», según fuentes del Ministerio de Empleo. Desaparece así el «despido exprés», modalidad a la que hasta ahora respondían seis de cada diez rescisiones, y que suponía que el empresario pagaba como improcedente -45 días por año hasta un máximo de 42 meses- la salida de un trabajador a cambio de evitarse el paso por el juzgado.

A partir de ahora, de entrada todos los despidos se entenderán justificados y se indemnizarán con 20 días por año de servicio, y será el trabajador quien tenga que acudir al juzgado y demostrar la improcedencia para percibir los 33 días por año (hasta 24 mensualidades), que es a lo que ha quedado reducido el improcedente con esta reforma, eliminándose los actuales 45 días por año.

La supresión de la autorización administrativa previa para los expedientes de regulación de empleo (ERE), la calificación de «persistente» de la situación económica negativa de una empresa a partir de tres trimestres consecutivos o la limitación a dos años de la ultraactividad -prórroga automática- de los convenios colectivos si no se pacta uno nuevo, son otras medidas que incluye la reforma, calificada de «histórica» por la ministra Fátima Báñez, y que llega con el paro en unos 5,3 millones de desempleados, el 22,85 % de la población activa.

Menos indemnización

De 45 a 33 días. Se generaliza la indemnización por la extinción del contrato indefinido a 33 días por año en caso de despido improcedente. Quienes tengan contratos antiguos recibirán 45 días por año trabajado hasta la entrada en vigor de la reforma -mañana- y 33 días a partir de ella. Los que en sus contratos tengan derecho a recibir hasta 42 mensualidades lo seguirán manteniendo, en lugar de los 24 meses aplicables desde ahora. La indemnización por la extinción del contrato indefinido en caso de despido procedente por causas objetivas -que será la fórmula por defecto- será de 20 días por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades.

Por causas económicas

Más facilidades. Los empresarios tendrán más facilidades para recurrir al despido por causas económicas. Bastará con que aleguen una disminución de ingresos o ventas durante nueve meses, o las pérdidas o previsión de ellas que ya recogía la anterior reforma socialista. Esto implica que incluso empresas que tengan beneficios podrán despedir con solo 20 días de indemnización si bajan sus ventas.

Nuevo contrato

Impulso a pymes. Se crea un nuevo tipo de contrato indefinido de apoyo a autónomos y a pymes (empresas con menos de 50 empleados). Disfrutarán de una deducción de 3.000 euros al contratar a su primer trabajador si este es menor de 30 años. Si contratan a un parado, tendrán una deducción fiscal equivalente al 50 % de la prestación por desempleo que correspondería al trabajador durante un año.