Eximen a la junta de compensación de costear suministro de luz en Penacoba

j. b. LALÍN / LA VOZ

DEZA

El TSXG desestimó el recurso interpuesto por la Consellería de Economía e Industria

25 sep 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La sección tercera del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso de apelación presentado por la Consellería de Economía e Industria en el proceso judicial abierto en torno al suministro de energía eléctrica a las viviendas de la urbanización Penacoba en Lalín. La Xunta había recurrido ante el TSXG una sentencia del Xulgado do Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra. Este tribunal había estimado un recurso de la junta de compensación del Área de Reparto 33 (AR-33) del PXOM lalinense contra una resolución de mayo del 2013, de la citada consellería, donde atribuía a la citada junta de compensación la obligación de costear las infraestructuras para dotar de luz a una veintena de viviendas.

La sentencia del Xulgado do Contencioso-Administrativo número 2 pasa con la resolución del TSXG a ser firme. Y recoge que «la decisión administrativa de atribuir a la junta de compensación la obligación de costear la instalación necesaria para los nuevos suministros no es conforme a derecho, pues ello corresponde a la empresa distribuidora que ya con anterioridad a las solicitudes de los propietarios de las viviendas de que se trata, venía haciendo una prestación insuficiente en la zona debiendo asumir ella la necesidad de mejorar o ampliar la instalación para dar el abastecimiento en condiciones legales».

Desde la promotora Fertaga, que tuvo que asumir el coste del suministro eléctrico provisional a las viviendas durante varios años, se destacaba ayer también en un comunicado la existencia de otra sentencia del 2014. En este caso del Xulgado do Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, donde se condenaba al Concello de Lalín a completar la urbanización de Penacoba, dotando a las viviendas de suministro eléctrico. La empresa recuerda también que el TSXG reconoció además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por el gobierno local, aunque desestimó de manera tardía y sin efecto práctico el recurso interpuesto por la junta de compensación del AR-33, puesto que entonces Unión Fenosa ya había dotado de luz a esa urbanización.

Fertaga recalca en su comunicado que Unión Fenosa era quien debía de dotar de luz a esas viviendas en Penacoba, como se refrenda con la última sentencia del TSXG en esta contienda judicial y anular el acuerdo de la Xunta. La promotora lalinense incidía en que «las sentencias finalmente han hecho justifica pero la realmente perjudicada ha sido Fertaga, empresa de construcción local con un intachable prestigio, hasta que ocurrieron los hechos».

Fertaga resalta también que los incumplimientos por Concello y Unión Fenosa le han supuesto «grandes perjuicios económicos, pues además de haber costeado el suministro eléctrico provisional de las viviendas para que estas no quedasen desabastecidas, fue atacada por los vecinos de Penacoba». Lamentan que a pesar de solidarizarse con ellos y darles servicio, los vecinos «alentandos por el propio Concello de Lalín» no dudaron en señalar a la promotora ante la opinión pública y con manifestaciones en Lalín como responsable.

La promotora va más lejos e incluso acusa a los residentes de Penacoba de «abusar del consumo eléctrico, que creían gratuito», lamentando la acusación de estafa a su representante, «que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Pontevedra en sentencia del 2 de junio del 2015». Fertaga aseguró también tener en estudio emprender acciones judiciales ante quien proceda para «exigir el resarcimiento de los gastos indebidamente abonados».

Fertaga estudia emprender acciones legales por los gastos que tuvo que costear