Los concursales vuelven a pedir al juez que retire facultades a Lendoiro

Alexandre Centeno Liste
Alexandre Centeno A CORUÑA / LA VOZ

TORRE DE MARATHÓN

Entienden que la única manera de formular unas cuentas creíbles y fieles a la realidad es prohibir temporalmente al actual presidente ejercer cualquier atribución referente a temas patrimoniales

29 nov 2013 . Actualizado a las 12:23 h.

Los administradores concursales del Deportivo han vuelto a pedir al juez que suspenda las facultades patrimoniales que ostentan Lendoiro y sus consejeros. Aprovechando el informe solicitado por Rafael García Pérez sobre las cuentas anuales del Deportivo, Francisco Prada y Julio Fernández Maestre le han solicitado que «a fin de que sea posible disponer de unas cuentas anuales debidamente formuladas, acuerde el cambio de régimen de intervención pasando al de suspensión de facultades patrimoniales para atribuirlas a la administración concursal» por el tiempo necesario para dicha formulación de las cuentas.

Los administradores relatan una serie de irregularidades cometidas por Lendoiro. Aseguran que el Deportivo no les entregó la documentación hasta un día después de la providencia dictada. También confirman la versión de la auditora de que las cuentas no llevan su firma y que no estuvieron en la reunión del consejo de administración del 18 de noviembre, en el que se reformularon las cuentas, algo que, según AD Cryex va en contra del artículo 48.2 de la Ley Concursal.

Cuentas sin firmar

«Las cuentas anuales aportadas no están firmadas por esta administración concursal; en realidad, nunca se solicitó o propuso tal firma, limitándose nuestra actuación a la mera posición pasiva de receptores de unos documentos de elaboración ajena. No hemos asistido a la reunión en que se dicen reformuladas, al parecer celebrada por el consejo de administración el día 18.11.2013», subrayan los administradores.

«Algunas de las anomalías detectadas -prosiguen-, como en general la mayoría de las que afectan al balance de situación (mantenimiento en el activo de elementos como concesiones administrativas, derecho de plaza en Primera, derechos de adquisición de jugadores, opciones de derechos de jugadores, inversiones inmobiliarias o participaciones en empresas del grupo, que o no deberían figurar o tendrían que aparecer por cifras muy diferentes), se traducen en un problema de inadecuada información sobre la sociedad, es decir, sobre la imagen fiel a que se refieren las normas legales».

Asimismo, destacan que haber dado beneficios de forma irreal le generará una carga de cara a futuros ejercicios que podrían haberse ahorrado.

Fernández y Prada recuerdan que desde julio han venido recordando al consejo «su deber de formular las cuentas anuales y de facilitar las tareas de los auditores designados por el juzgado, así como que estas debían ajustarse a la Ley». También recuerdan una providencia del día 20 en el que el juez destacaba la importancia de conocer la situación real del club y dicen que «eso solo será posible si, como se anunciaba en la propia resolución, se modifica el régimen de facultades de los administradores societarios, acordando la suspensión de las de contenido patrimonial», lo que no significan que los aparten de la dirección del club, sino solo de las actividades económicas.