El juez mantiene a Lendoiro en el cargo, pero no lo exculpa de las acusaciones

Alexandre Centeno Liste
Alexandre Centeno A CORUÑA / LA VOZ

TORRE DE MARATHÓN

Asegura que no es el momento procesal para apartarlo por las irregularidades cometidas antes

02 mar 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Los administradores concursales tendrán que seguir argumentando si quieren que el juez retire a Lendoiro el control económico del club y su sueldo. Así lo decretó ayer Rafael García Pérez, juez sustituto del Mercantil número 2 de A Coruña, que de momento mantiene al dirigente en su puesto independientemente de que hubiera podido cometer «supuestas infracciones normativas». Cree que ni es el momento procesal indicado para tomar la decisión de apartarlo, ni los administradores han conseguido justificar adecuadamente los motivos por los cuales tendría que cambiar una situación de intervención habitual en los concursos voluntarios. Estos son sus argumentos.

Momento procesal

El juez estima que no es el oportuno para analizar la responsabilidad del consejo

Solo un mes tardaron los administradores concursales en presentar al juez (en aquel momento jueza) un escrito solicitando que cambiara el sistema de intervención por el de suspensión. La argumentación esgrimida era las supuestas anomalías que había cometido Lendoiro durante los últimos años de su mandato. García Pérez, sin dudar de que Francisco Prada y Julio Fernández Maestre puedan estar en lo cierto, no entra a enjuiciar esas actuaciones, porque entiende que no es el momento procesal correspondiente. «No es este el lugar para juzgar ni entrar siquiera a considerar la posibilidad de que el concurso sea fortuito o culpable, ni por lo tanto si, por ejemplo, la concursada ha incumplido sustancialmente la obligación de llevanza de contabilidad o ha cometido inexactitud grave en cualquiera de los documentos acompañados a la solicitud de declaración de concurso».

Cree el juez que dado que ya existe un régimen de intervención, no hay peligro de irregularidades, pues los administradores supervisan cada actuación y deja abierta la puerta para que Cryex presente una nueva solicitud si Lendoiro deja de colaborar o incurre en nuevas anomalías. «El hecho de que exista un régimen de intervención ya aminora en buena medida ese riesgo, y si en algún momento la administración concursal percibe que a pesar del régimen de intervención los administradores de la sociedad concursada infringen el ordenamiento jurídico o no colaboran de manera adecuada, podrá plantear de nuevo la solicitud sobre la que ahora se resuelve».

Irregularidades

Cualquier posible anomalía ha sido anterior a la solicitud del concurso de acreedores

El juez sustituto del Mercantil número 2 de A Coruña en ningún momento cuestiona que las duras acusaciones de los administradores puedan ser ciertas. Sin embargo, matiza que esas supuestas irregularidades se cometieron con anterioridad a la solicitud del concurso de acreedores y que desde entonces no se ha demostrado que hayan hecho nada incorrecto. «La administración concursal alega el palmario desprecio por las normas mostrado por los administradores de esta sociedad antes de la declaración de concurso. Este desprecio impide, a su juicio, el depósito de confianza en los administradores. Pues bien, la afirmación de un genérico desprecio por las normas -anterior al concurso- es insuficiente para justificar la adopción de un régimen, el de suspensión, que contradice el preferido por la Ley Concursal para los concursos voluntarios. Otra cosa sería que ese desprecio se manifestase una vez declarado el concurso, pero en este caso no es así: los administradores del RC Deportivo de La Coruña SAD están colaborando con la administración concursal, y las supuestas infracciones normativas corresponden a un momento anterior a la declaración del concurso. Sobre ellas, de ser ciertas, se pronunciará el juzgado si llega a formarse la sección de calificación del concurso».

Futuro

Los administradores podrían plantear de nuevo la suspensión de Lendoiro

Uno de los principales argumentos esgrimidos por García Pérez a la hora de desestimar la solicitud de los administradores coincide con las alegaciones de la defensa y es que Cryex no ha «demostrado que existan riesgos o ventajas que aconsejen el cambio de un régimen de intervención a uno de suspensión».

Sueldo

Sin disminución de funciones, no hay motivo para retirarlo

Explica el juez que la retirada del sueldo de Lendoiro y su consejo era consecuencia de la disminución de sus funciones. Puesto que estas siguen intactas, no ha lugar, al menos de momento, a ello, ya que puede darse el caso de que se suprima. «De darse las circunstancias legalmente requeridas, pudiese decidirse en cualquier momento suprimir la retribución de los administradores de la sociedad o reducir el importe de la retribución».

Empresas del grupo

También sigue al frente

Lendoiro también seguirá manteniendo el poder sobre las diferentes empresas del grupo, alguna de las cuales da trabajo a hijos suyos. En este caso, el juez también advierte a los administradores de que si «se llevan a cabo actuaciones que perjudiquen los intereses patrimoniales de la concursada», pueden reiterar la petición.

Auditora

El juez no se pronunció aún

El auto de ayer no hace alusión alguna a la solicitud de cambio de empresa auditora, toda vez que este fue formulado en otro escrito, sobre el que todavía no se ha pronunciado. La próxima semana es posible que ya tome una determinación.