¿En qué consisten los acuerdos entre el fiscal y las defensas?

a. mahía A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

27 oct 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La conformidad es una opción procesal que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal para aquellos casos en los que el investigado reconoce su culpa y se muestra conforme con la acusación.

¿Qué hace el fiscal?

Una vez que la acusación pública recibe el atestado de un hecho y todos los informes, decreta qué delito cometió el detenido y solicita una condena para el autor. En este punto, la acusación siempre pide la mayor pena posible. Por ejemplo, si el delito es de lesiones sin agravantes, castigado con penas que van de los 6 meses a los 3 años, siempre solicitará el castigo más duro.

¿Qué opciones tiene el autor del delito?

Bien puede negar los hechos, o declararse culpable e intentar a través de su abogado alcanzar un acuerdo rápido con el fiscal.

¿Qué gana con ello el detenido?

Una reducción de la pena. Si en un principio el fiscal solicitaba que se le impusiera la mayor posible, una vez llegados a la vista de conformidad (la acusación pública se reúne con la defensa y el procesado), pactan un castigo menor.

¿Qué gana la Justicia con estos acuerdos?

Que el instructor, como la policía, forenses, funcionarios... no sigan trabajando en el caso, pudiendo ocuparse de otros asuntos nuevos que les lleguen. También se evita el juicio, con la asistencia de testigos y policías. Cuando hay conformidad, solo acude el acusado con su abogado para oficializar el acuerdo.