¿Por qué «se puso de moda» entrar en pisos?

a. mahía a coruña / la voz

A CORUÑA

02 sep 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

La respuesta es sencilla: Porque no hay fechoría que a los rateros les dé tanto a ganar y que tenga tan poco castigo. Porque el delito de robo con fuerza en casa habitada, que es como los juristas llaman a entrar en un piso y vaciarlo, conlleva una pena que va de dos a cinco años de prisión. Pero casi siempre queda en nada, pues los malandros saben que sus abogados arañarán atenuantes que terminarán por suspenderles la entrada en prisión. Y peor aún: La diferencia entre saquear una vivienda o saquear diez es mínima, pues se les aplica el delito continuado.

Para comprenderlo, basta con un ejemplo real. Hace un año, un joven accedió a un piso de los Mallos tras reventar la cerradura. Fue condenado por ello a un año de prisión, que no pisó al suspenderle la pena. Ese mismo mes, dos sujetos desvalijaron cinco viviendas en el Ventorrillo. Su castigo fue de tres años de prisión. En seis meses estaban fuera. Porque la figura del delito continuado -no se aplica en caso de que usen armas o amenacen a sus víctimas- establece imponer una pena superior en grado, lo que supone que por muchos pisos que vacíen, con toda probabilidad su castigo nunca superará los tres años y seis meses de prisión. Sean dos o sean diez.

Algo que también anima a los delincuentes a robar en pisos es que cuando son detenidos, los ponen en libertad, pues se les valora que no emplean violencia contra las personas. Y si uno es extranjero y la condena es inferior a seis años, pueden elegir entre cumplirla o su expulsión del país.

Unos meses de cárcel

Estas cosas son las que en los últimos años animaron a cientos de delincuentes de todo el país que antes se dedicaban a otros delitos a lanzarse al robo de viviendas. Saben que de un piso, si tienen suerte, se pueden llevar un buen botín de dinero y oro sin riesgo a pasar una temporada a la sombra. Primero, si los detienen, el juez de guardia los pondrá en la calle a espera de juicio. Y segundo, cuando se sienten frente al titular de un juzgado de lo Penal, saben que la pena será mínima. Si es extranjero, podrá irse del país sin pisar la cárcel. Y si es español, en el peor de los casos, el trance carcelario no excederá de unos cuantos meses.