El juez archiva una querella del portavoz de IxV contra el alcalde de Vimianzo

cee / la voz

CARBALLO

21 sep 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

El titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Corcubión, Iván Barallobre, entiende que cuestiones sobre el desarrollo de los plenos de Vimianzo, como las que el portavoz de IxV, Manuel Soto, denunció en el cuartel de la Guardia Civil de la localidad, no son propias del ámbito de la justicia penal y, por tanto, deben resolverse por vías políticas o administrativas ordinarias.

Barallobre archiva así la demanda de Soto, que se quejaba de que el regidor, Manuel Antelo, le había impedido la presentación de iniciativas en una de las sesiones de la corporación en contra de lo que marca el reglamento.

«Las infracciones de procedimiento denunciadas, denegación de presentación de enmienda o sometimiento a votación de mociones urgentes constituirían, en su caso, vicios o defectos que deberán resolverse en el ámbito administrativo o contencioso-administrativo y no en la vía penal. Lo contrario sería extender de forma intolerable el derecho penal al ámbito del debate político», argumenta el juez, para quien este tipo de recursos legales «tienen carácter excepcional y subsidiario, resultado aplicable únicamente respecto de las conductas de mayor gravedad o de las que no sea posible su corrección por otros medios procesales».

Valoración positiva

Para el alcalde, el archivo provisional de la causa, viene a «reafirmar» su posición de «non xudicializar a vida política e de non trasladar este debate ao ámbito xudicial». Antelo lamenta la actitud de los opositores «encamiñada más a facerlle cambadelas ao alcalde e ao equipo de goberno que a preocuparse polos intereses dos vimianceses». Los invita, «unha vez máis», a «traballar para que Vimianzo progrese e para que os cidadáns melloren as súas condiciones de vida».